Este año, los arbitrios en 32 municipalidades de Lima metropolitana y el Callao tendrán un incremento de entre 3% y 15% respecto al 2022. Esto debido al ajuste en el Índice de Precios al Consumidor y a la inflación, según informó la Cámara de Comercio de Lima (CCL).
En esa línea, los distritos que más subirán sus tasas son Chorrillos y San Martín de Porres, ya que ambos aumentarán en 15%. Le siguen San Juan de Miraflores (10 %), Ate (10 %) y Mi Perú (7,05%). Mientras que los lugares que no tendrán ninguna variación en sus arbitrios son Cieneguilla, Lince y San Miguel.
“Conforme a la Ley de Tributación Municipal, a más tardar el 31 de diciembre de cada año, las municipalidades de Lima deben publicar en el diario oficial El Peruano sus respectivas ordenanzas, en las cuales consten los costos efectivos que demanda el servicio público según el número de contribuyentes de sus respectivas jurisdicciones”, agregó Álvaro Gálvez, gerente del Centro Legal de la CCL.
Cabe señalar que el año pasado la inflación en Lima metropolitana cerró en 8,46 %, una de las tasas más altas registradas en los últimos 26 años.
Los arbitrios son las tasas que se recaudan para cubrir el mantenimiento de parques y jardines, la limpieza pública y el trabajo del serenazgo. En ese marco, cada municipalidad está legitimada a cobrar por estos servicios siempre y cuando estén a favor de la comunidad, indicó a La República David Bravo, abogado tributarista.
Asimismo, para que sea legal cualquier subida en sus precios, debe haber una ordenanza municipal, ratificada, en este caso, por la Municipalidad Provincial de Lima y posteriormente publicada en el diario El Peruano.
“Las ordenanzas municipales que crean esos arbitrios o que pretenden incrementarlos tienen que contar con una estructura de costos, donde se detallen todos aquellos elementos que forman parte, así como los gastos vinculados con la filtración de servicios”, detalló el especialista.
Además, deben referir también los parámetros preestablecidos por el Tribunal Constitucional. Igualmente, según el SAT, los ciudadanos pueden efectuar el pago de sus arbitrios en cuotas trimestrales o al contado. Si se efectúa de manera directa, antes del vencimiento del trimestre, corresponde un descuento del 5%.
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