Cargando...
Economía

Accidente de Latam: ¿qué derechos tienen los pasajeros cuyos vuelos fueron cancelados?

Todas las operaciones en el aeropuerto Jorge Chávez fueron suspendidas hasta la 1.00 p. m. del sábado 19 de noviembre. Operador aéreo recomendó a los usuarios contactar a su aerolínea para reprogramar vuelos.

larepublica.pe
La compensación por parte de la aerolínea dependerá de su responsabilidad por el vuelo cancelado. Foto: Gerardo Marín/La República

Muchos pasajeros quedaron varados en distintas ciudades del país tras el accidente de Latam que cobró la vida de dos bomberos aeronáuticos. La aeronave del vuelo LA 2213, que cubría la ruta Lima-Juliaca, impactó contra un vehículo de autobomba que ingresó a la pista durante su carrera de despegue en el aeropuerto Jorge Chávez.

Las autoridades y la aerolínea Latam indicaron que vienen investigando las causas del accidente. Lima Airport Partners (LAP), el consorcio que opera la infraestructura del aeropuerto, señaló que el Jorge Chávez se mantendrá cerrado hasta la 1.00 p. m. del sábado 19 de noviembre.

Asimismo, recomendaron a los pasajeros con vuelos en las próximas horas a ponerse en contacto con su aerolínea para obtener mayor información. Sky Airlines lamentó las pérdidas tras el accidente y se comprometió a colaborar con la reprogramación de viajes. Por su parte, Viva Air afirmó que activaron su matriz de compensación y tienen disponibles sus canales de atención para realizar cambios en las reservas.

¿Cuáles son mis derechos si la aerolínea canceló mi vuelo?

El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) afirma que los pasajeros de transporte aéreo tienen ciertos derechos de compensación si el vuelo se cancela o demora por causas atribuibles a la compañía.

La Decisión 619 de la Comunidad Andina de Naciones, suscrita por el Perú, precisa que se consideran como causas no imputables al transportista aéreo “las circunstancias imprevistas, la fuerza mayor o el caso fortuito” verificadas por la autoridad nacional competente. “En este caso, el transportista quedará exonerado de las compensaciones establecidas” en el documento.

El acuerdo de la Comunidad Andina dispone los derechos del usuario cuando el vuelo es cancelado por causas atribuibles al transportista. El consumidor podrá embarcar en el siguiente viaje que cuente con espacio disponible o un transporte alternativo, preferentemente aéreo, o el reembolso del valor total del billete sin penalidad.

Comunicado SKY

De no ser posible el reembolso ni el transporte alternativo, corresponde la compensación al pasajero:

  • Retraso de entre dos y cuatro horas: refrigerio y comunicación gratuita equivalente a una llamada de tres minutos.
  • Retraso de entre cuatro y seis horas: además de lo anterior, proporcionar alimentos (desayuno, almuerzo o cena, según corresponda).
  • Retraso de superior a seis horas: además de lo anterior, se deberá proporcionar hospedaje y gastos de traslado, según corresponda.
  • Cancelación del vuelo: si la empresa decidió cancelar el viaje y el usuario tenía reserva confirmada, debe sufragar los gastos de hospedaje y traslado del pasajero. Esto en caso de que no se hubiera reintegrado el valor del boleto ni conseguido un vuelo sustituto.
  • Compensación adicional: si la demora del vuelo es superior a seis horas por causas imputables al transportista, deberá compensar al usuario con una suma equivalente al 25% del trayecto incumplido. Se puede hacer efectiva con dinero o en boletos para otra ruta, bonos para adquirir pasajes, reconocimiento de millas, etc.

Crisólogo Cáceres: Empresas pueden ayudar a pasajeros de buena fe

“Con un peritaje se determinará qué ocurrió realmente y ver la responsabilidad de la aerolínea”, así como de Lima Airport Partners y Corpac, dijo a La República Crisólogo Cáceres, presidente de la Asociación Peruana de Consumidores y Usuarios (Aspec).

Sin embargo, el experto en derechos del consumidor hizo un llamado a que las compañías apoyen a los clientes que no podrán cumplir sus rutas, según lo programado. “A la empresa se la exhorta a que, en un gesto de buena fe, cumpla con los pasajeros que tienen este problema”, sostuvo Cáceres. “Ya con un peritaje se determinará las responsabilidades, pero eso no quita que las empresas puedan tener actitudes positivas más allá de la norma”, argumentó.

El Indecopi deberá determinar si Latam cumplió con el deber de idoneidad; es decir, si el consumidor recibió aquello por lo que pagó. Si la autoridad determina que no fue así, “la empresa podría ser objeto de un procedimiento por el Indecopi y se le impondría sanciones, si es que se la encuentra responsable. O sea, si el accidente sucedió de imprevisto o pudo haber sido previsible”, explicó Crisólogo Cáceres.