Ayer, lunes 31 de octubre fue declarado día no laborable, de acuerdo con el Decreto Supremo 033-2022-PCM. Asimismo, hoy, martes 1 de noviembre, Día de Todos los Santos, será feriado a nivel nacional, según el Decreto Legislativo 713. Estas fechas tienen consideraciones especiales en el ámbito laboral.
El día no laborable solamente se aplica de manera obligatoria en el sector público, mientras que en el sector privado dependerá del acuerdo al que lleguen empleados y empleadores. En ese sentido, las horas no trabajadas deben ser compensadas, tanto para públicos como para privados.
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Las personas que trabajan este lunes 31 de octubre no tienen derecho a un pago adicional, según la legislación vigente. “Si deciden acogerse y disponer que no se trabaje ese día, deberán definir también la forma de recuperar las horas dejadas de laborar. Por ejemplo, haciendo horas extras en los días subsiguientes o bajo alguna otra fórmula de recuperación”, señaló a La República Álvaro Gálvez, gerente del Centro Legal de la Cámara de Comercio de Lima (CCL).
Por otro lado, el descanso por el feriado 1 de noviembre, Día de Todos los Santos, sí es obligatorio para todos los empleados. De esta manera, las horas dejadas de trabajar no deben ser compensadas. Si la compañía decide continuar con sus labores, se tiene derecho a recibir un pago adicional.
Siempre que no se acuerde tener un día de descanso sustitutorio del feriado, si trabajas en este día, podrás acceder a un triple pago. Tanto en el sector privado como público corresponde la remuneración normal por laborar el día, otra por el feriado y un monto del 100% del pago diario (sobretasa).
Solo restan tres días feriados en lo que queda del 2022:
También habrá otros tres días no laborables en este año: