¿Estás pensando ingresar productos al Perú desde el extranjero? La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) precisó los artículos que puedes traer sin pagar impuestos y sin necesidad de hacer una declaración ante las autoridades.
Entre los principales se encuentran los bienes de uso personal como maletas, bolsas y otros envases de uso común dentro de tu equipaje. Se incluyen prendas de vestir, objetos de adorno, tocador, medicamentos, libros, revistas y documentos impresos.
Asimismo, precisan una lista de artículos eléctricos o electrónicos portátiles:
Las personas que ingresen a Perú, podrán traer varios artículos y dispositivos electrónicos sin pagar impuestos. Foto: composición LR/jcomp/stockking/Sunat
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También especifican los productos usados como soporte de datos:
Tabaco y bebidas alcohólicas (solo para mayores de 18 años):
También se puede portar un instrumento musical portátil, un artículo deportivo y una mascota (previo control sanitario). Tampoco pagarán aranceles los “bienes para tu uso o consumo y obsequios que, por su cantidad, naturaleza o variedad, se presuma que no están destinados al comercio”. Dichos artículos no podrán superar un valor conjunto de US$ 500.
De igual forma, está permitido transportar artículos para personas con enfermedad o discapacidad: medios auxiliares y equipos de movilización como silla de ruedas, camillas, muletas, medidores de presión, temperatura, glucosa, entre otros. Además, se puede ingresar con dinero en efectivo o instrumentos financieros negociables por un monto menor o igual a los US$ 10.000 sin necesidad de declararlo.
La mercancía no declarada y fuera de lo arriba mencionado será incautada por la autoridad aduanera. Para recuperar el artículo confiscado deberá pagar en aduana los impuestos correspondientes y una multa que equivale al 50% de su valor.
La unidad fue trasladada hacia un almacén de la Sunat Juliaca. Foto: Aduanas
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En marzo del 2022, el Poder Ejecutivo modificó la Ley de Delitos Aduaneros (LDA), en un intento de establecer un proceso más claro y ágil en la investigación de terminación de los casos. Se determinó que el contrabando es castigado con pena privativa de libertad no menor de cinco ni mayor de ocho años, así como entre 365 y 730 días multa, siempre que el valor de la mercancía supere las 4 UIT (S/ 18.400).
Las causales del delito de contrabando son: