La Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp) informó que, en lo que va del 2021, se han gestionado 78.783 inmatriculaciones (primera inscripción) en el Registro de la Propiedad Inmueble. Esta cifra representa un incremento de 194,65% frente a las inmatriculaciones registradas entre enero y setiembre del 2020, cuando el total ascendió a 26.737.
La Libertad (14.663), Lima (14.606), Ica (8.763), San Martín (6.930), Piura (6.174), Lambayeque (5.561) y Arequipa (4.468) son las regiones con la mayor cantidad de predios inscritos por primera vez en el país, ya sean predios urbanos o rurales.
La inmatriculación de un predio es el acto registral que permite la incorporación, por primera vez, de un predio al Registro de Propiedad Inmueble, el cual supone la apertura de una partida registral.
La inmatriculación de un predio urbano demanda de dos requisitos:
1.- Título de propiedad con una antigüedad no menor de cinco años como un parte notarial de compraventa o un testamento, en el que se haya individualizado el predio transferido, por ejemplo.
2.- Plano que permita la representación gráfica del predio objeto de inmatriculación, para lo cual deberá considerar lo siguiente:
a) Si el predio se ubica en una zona catastrada o en proceso de levantamiento catastral, se deberá presentar el plano catastral con los requisitos establecidos en el decreto supremo 002-89-JUS.
b) Si el predio se ubica en zona no catastrada, se presenta el plano de ubicación del predio, elaborado y suscrito por un verificador competente y visado por la municipalidad distrital correspondiente.
Los planos que se presentan deben estar georreferenciados a la Red Geodésica Nacional, referida al datum y proyección en coordenadas oficiales.
Además del pago por los servicios notariales, que varían según el profesional elegido, los derechos registrales por la inmatriculación son los siguientes:
Derecho de presentación: 85 soles.
Derecho de inscripción: valorización del predio x 3/1000%.