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Economía

Trabajadores recibirán hasta triple remuneración diaria por trabajar feriados

Fiestas Patrias. Los trabajadores que laboren sin descanso sustitutorio tendrán derecho a percibir tres remuneraciones diarias. Los días no laborables deberán ser compensados.

Trabajadores
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Este 28 y 29 de julio se celebran 198 años de Independencia de la República Peruana por lo que es declarado feriado nacional; pero si perteneces al sector privado y tu empleador requiere que asistas a cumplir con una jornada laboral, podrías recibir hasta triple remuneración diaria.

Y es que existen dos formas en las que su empleador puede compensar el hecho de que el trabajador acuda a trabajar un feriado: un descanso sustitutorio o el pago por cada feriado.

Si el trabajador labora en día feriado, sin descanso sustitutorio, recibirá una triple remuneración. Así lo mencionó Víctor Zavala, gerente del Centro Legal de la Cámara de Comercio de Lima (CCL).

La remuneración de dicho día se compone con una remuneración diaria por el feriado, una segunda remuneración por el trabajo realizado y una tercera remuneración por haber laborado en día feriado sin descanso sustitutorio.

A modo de ejemplo, Zavala dijo que si un trabajador que labora este feriado y su remuneración diaria es S/ 50, percibirá S/ 50 por el feriado, S/ 50 por el trabajo realizado y S/ 50 por haber laborado en día feriado.

En caso labore el feriado con un descanso sustitutorio recibirá un pago de S/ 50 por cada feriado (que viene incluido en la boleta de pago).

Es necesario indicar que sin laborar el feriado su pago será de S/ 50 por cada feriado.

Días no laborables

Hoy viernes y mañana sábado fueron declarados por el Gobierno jornada y día no laborable, compensable en Lima y Callao por el inicio de los Juegos Panamericanos y Juegos Parapanamericanos - Lima 2019.

Es decir, los trabajadores públicos de Lima y Callao trabajarán hoy hasta el medio día, pero dichas horas deberán ser compensadas. En tanto, en el caso del sector privado acogerse al feriado será opcional.

Asimismo, el martes 30 de julio también es día no laborable, compensable, en el sector público y opcional en las empresas del sector privado.

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