El proceso de formalización de la pesca artesanal tiene un plazo de dos años contado desde la entrada en vigencia del decreto.,El Gobierno formalizó la pesca artesanal en armonía con la conservación y el uso sostenible de los recursos hidrobiológicos, mediante el Decreto Legislativo Nº 1392. La norma regula las actividades de las embarcaciones pesqueras mayores a 6,48 de arqueo bruto y hasta 32,6 metro cúbicos de capacidad de bodega en el ámbito marítimo. PUEDES VER Solo el 10% de pescado para consumo se extrae en Chimbote El proceso de formalización tiene un plazo de dos años contado desde la entrada en vigencia del presente decreto; es decir, a los 30 días calendario desde su publicación y tendrá varias etapas: 1. Inscripción en el listado de embarcaciones para la formalización pesquera artesanal. 2. Verificación de existencia de embarcaciones solo para el caso de embarcaciones que no cuenten con certificado de matrícula. 3. Otorgamiento del certificado de matrícula. 4. Otorgamiento del protocolo técnico para permiso de pesca. 5. Otorgamiento de permiso de pesca. Los gobiernos regionales, el Ministerio de la Producción, la Dirección General de Capitanías y Guardacostas (Dicapi) y el Organismo Nacional de Sanidad Pesquera (Sanipes) son los encargados de aplicar e implementar las disposiciones referidas al proceso de formalización establecido en el presente decreto legislativo en el ámbito de sus competencias.