
El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) explicó que los turistas que ingresan legalmente al país pueden extender su estadía si presentan el Formulario I-539 antes de la fecha de expiración de su Formulario I-94.
Este documento, emitido al ingresar, indica hasta cuándo se permite la permanencia. La solicitud debe hacerse al menos 45 días antes de esa fecha para evitar caer en estado migratorio irregular. USCIS recuerda que este proceso no garantiza la aprobación automática y se recomienda acompañar la solicitud con evidencia del motivo para permanecer más tiempo en Estados Unidos.
USCIS indica que emiten las visas de no inmigrante para los extranjeros que tienen planeado permanecer un tiempo establecido en Estados Unidos, sin embargo, comprenden que la situación puede varias, por ello recomienda gestionar con tiempo el cambio de estatus siguiendo estos pasos:
USCIS menciona que existen visas de no inmigrantes que no califican para ser consideradas en la extensión de su residencia temporal en Estados Unidos o cambiar su estatus migratorio, estas son las visas: C, D, K-1, K-2, S, TWOV, WT y WB. Existen algunas que pueden realizar la extensión con ciertas restricciones como los permisos J-1 y M-1.
Los inmigrantes que ingresan a territorio americano con el Programa de Exención de Visa (VWP, por sus siglas en inglés) y que tengan una Autorización de Viaje del Sistema Electrónico (ESTA) no están habilitados para extender su estadía. USCIS es muy estricto al momento de aceptar la prórroga de la permanencia, si no se mantuvo el estatus migratorio previo o si la solicitud es presentada fuera de fecha.

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