Política

Pleno adapta su reglamento a reforma que elimina la inmunidad parlamentaria

Se desactivará la comisión que revisaba los casos de levantamiento de inmunidad y se entregarán los casos pendientes al Poder Judicial.

El procesamiento de delitos comunes imputados a los legisladores será competencia de la Corte Suprema. Foto: difusión
El procesamiento de delitos comunes imputados a los legisladores será competencia de la Corte Suprema. Foto: difusión

El Congreso de la República aprobó una resolución legislativa para adecuar su reglamento a la ley que elimina la inmunidad parlamentaria. De esta manera, el Pleno dispuso desactivar la Comisión de Levantamiento de Inmunidad y devolvió los procesos en marcha al Poder Judicial.

En la primera disposición complementaria de la resolución se lee lo siguiente: “Queda sin efecto cualquier referencia contenida en el Reglamento del Congreso respecto a la inmunidad parlamentaria o al procedimiento de su levantamiento”.

En la segunda se señala que “la Mesa Directiva del Congreso dispone lo necesario para desactivar la Comisión de Levantamiento de Inmunidad Parlamentaria, en el plazo máximo de 15 días hábiles de entrada en vigencia la norma”.

Además, los pedidos de levantamiento de inmunidad en trámite serán devueltos al Poder Judicial, en un plazo máximo de siete días hábiles desde que la norma entra en vigencia. No importa en qué etapa se encuentran.

“Se adecuó así el Reglamento del Congreso a la reforma constitucional recientemente aprobada y acabó con uno de los símbolos de la impunidad política”, escribió el congresista Gino Costa, del Partido Morado, en su cuenta de Twitter.

Resolución Legislativa que modifica el Reglamento del Congreso de la República, para adecuar su normativa a la Ley 31118, que eliminó la inmunidad parlamentaria

Resolución Legislativa que modifica el Reglamento del Congreso de la República, para adecuar su normativa a la Ley 31118, que eliminó la inmunidad parlamentaria

¿Cómo era anteriormente?

Antes, los legisladores no podían ser inculpados sin la autorización del Pleno o de la Comisión Permanente. Solo podían ser detenidos por delitos flagrantes y eran puestos a disposición del Congreso, de ser el caso.

No obstante, con la aprobación de la Ley 31118, que modifica el artículo 93 de la Constitución Política del Perú, el procesamiento por la comisión de delitos comunes imputados a congresistas de la República durante el ejercicio de su mandato es de competencia de la Corte Suprema de Justicia”, luego de una investigación realizada por el Ministerio Público.

En caso de que algún parlamentario haya cometido un delito antes de asumir su mandato, la competencia será de un juez penal ordinario.

El Gobierno del presidente Francisco Sagasti oficializó la ley de reforma constitucional que elimina la inmunidad parlamentaria a inicio de febrero, por lo que ahora le tocaba al Congreso adecuar la reforma dentro de sus funciones. Ante esta necesidad, han dispuesto modificar su reglamento en la sesión del Pleno de este jueves 4 de marzo.

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