Parlamentarios Nuevo Perú y APP presentan iniciativas legislativas para derogar artículo 19 de cuestionada norma que impide fiscalización de Contraloría al Congreso.,Las bancadas de Nuevo Perú y Alianza Para el Progreso presentaron proyectos para modificar la Ley de Fortalecimiento de la Contraloría que deja al Congreso sin fiscalización por parte de la Contraloría. Esa cuestionada norma fue promulgada por el titular del Congreso Luis Galarreta en una ceremonia realizada en Palacio de Gobierno en presencia del presidente Martín Vizcarra. PUEDES VER: Congreso sin fiscalización de la Contraloría La iniciativa de los congresistas de Nuevo Perú, propone que se derogue el segundo párrafo del artículo 19 de la Ley 27785 (Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República) artículo que fue modificado por la Ley 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y el Sistema Nacional de Control. Con esa modificación el Artículo 19, queda así: “La Contraloría General de la República, aplicando el principio de carácter técnico y especializado del control, designa a los jefes de los órganos de control institucional de las entidades sujetas a control. Las entidades sujetas a control proporcionarán los medios necesarios para el ejercicio de la función de control en dichas entidades, de acuerdo con las disposiciones que sobre el particular dicte la Contraloría General”. PROPUESTA DE APP La congresista Gloria Montenegro Figueroa (APP) plantea modificar el artículo 19° de la Ley N° 30472, que quedará redactado en los siguientes términos: “Artículo 19.- Designación y separación del jefe del órgano de Auditoría Interna. La Contraloría General de la República, aplicando el principio de carácter técnico y especializado del control, designa a los jefes de los órganos de control institucional de las entidades sujetas a control. Ninguna de las entidades señaladas en el artículo 3° de la presente Ley, se encuentra exceptuada de este mandato. Las entidades sujetas a control proporcionarán los medios necesarios para el ejercicio de la función de control en dichas entidades, de acuerdo con las disposiciones que sobre el particular dicte la Contraloría General.” Asimismo, plantea modificar el artículo 39° del Reglamento del Congreso de la República, quedando redactado de la siguiente manera: Artículo 39.- La Oficina de Auditoría Interna del Congreso es el órgano especializado que, aplicando técnicas y normas de auditoría, realiza el control sobre la contabilidad del Congreso, la aplicación de los recursos presupuestales y la gestión de las dependencias que conforman el servicio parlamentario. Está a cargo de un Auditor General del Congreso, designado de acuerdo a la ley especial de la materia. El Auditor General del Congreso puede recabar información de cualquier dependencia del servicio parlamentario. En forma periódica y cuando se le solicite, informa a la Mesa Directiva y al Consejo Directivo sobre el desarrollo de sus funciones, y en forma obligatoria al término de cada ejercicio presupuestal.” Ambas iniciativas buscan dejar sin efecto el artículo 19 de la Ley N° 30472 que fue seriamente cuestionada por eximir del control de fiscalización de la Contraloría al Congreso de la República.