Una serie de hechos recientes han afectado directamente a la población, ocupando temporalmente las primeras planas para, pocos días después, desaparecer casi completamente del radar noticioso.,Un primer caso es la sobreproducción de papa y la consecuente baja de su precio a niveles mínimos, que provocó las protestas de los campesinos de Huancavelica, Ayacucho y Cusco. Al inicio, algunos dijeron que eso se debía a la importación de papa precocida, pero luego se supo que eso solo equivalía al 4% de la producción total. El tema central es que en el sector agrícola, como en muchos otros, lo que hay es una política de inversiones, orientada sobre todo a la agroindustria, con miles de millones de dólares en irrigaciones que son recuperados en un porcentaje ínfimo por el Estado, además de una legislación ad hoc para pagar menos impuestos y gozar de regímenes laborales que recortan los derechos de los trabajadores. Pero no hay una política sectorial que tome en cuenta los dos millones de campesinos que siembran y cosechan nuestros alimentos de todos los días. Es la llamada agricultura familiar, desdeñada por la tecnocracia neoliberal, que con gran desparpajo llega a decir que “no se les debe comprar la cosecha, pues eso es violar las leyes del mercado que establece la Constitución”. Pero no se habla los US$ 350,000 millones anuales en subsidios agrícolas en los países de la OCDE ni tampoco a que en EEUU en el periodo 1995-2016 se otorgaron US$ 16 millones en subsidios directos a los productores de papa en Idaho, Washington y Dakota del Norte (EWG Farm Subsidy Database). ¿Dónde está el libre mercado aquí? Un segundo tema es la concertación de precios en mercados concentrados, destacando la venta de GLP. Indecopi acaba de sancionar a 3 empresas que tienen el 73% del mercado (Repsol, Lima Gas y Zeta Gas) con S/. 74 millones. Dice Indecopi que detectó correos electrónicos entre funcionarios de esas empresas, que daban cuenta de la existencia deacuerdos secretos de precios e inició un proceso sancionador, lo que está bien pero es insuficiente. ¿Por qué? Porque la Constitución de 1993 (Art. 61) no prohíbe la posición de dominio en el mercado, sino solo su “abuso”. Por tanto, es inevitable que esas concertaciones vuelvan a suceder. No solo eso: en el caso de las farmacias, la concentración aumentó, justo después de un proceso sancionador del Indecopi. Dice José Távara: “Si me sancionan por ponerme de acuerdo con mi rival, mejor me lo compro y obtengo el mismo resultado” (1). Tercer tema: el sector pesca en general y con el atún en particular. Dice Fernando Eguren: “no deja de ser escandaloso que el 25% del pescado de consumo humano sea importado, incluyendo el 70% del pescado en conserva, cuando el Perú es uno de los países que tiene mayor riqueza pesquera del mundo y uno de los principales exportadores de…anchoveta”. A lo que se agregan las conservas importadas con gusanos de hace unos meses. Este problema se amplía con el DS 021-2017-PRODUCE, publicado el viernes 29 de diciembre del 2017 (sin haber sido siquiera pre-publicado para su discusión) que elimina la obligatoriedad de que los atuneros extranjeros deban desembarcar el 30% de la pesca de atún (en muelles en varias partes del país) y entregarla a los compradores peruanos. Esto ha motivado la queja de la SNI y los empresarios pesqueros, que venían construyendo una mayor capacidad instalada para fabricar atún en conserva. Alfonso Miranda de la SNI dice: “Perú puede triplicar su exportación de pesca para consumo humano de US$ 1,000 a 3,000 millones al 2021 con la implementación de medidas de promoción” (Gestión, 3/9/17). ¿Medidas de promoción dijo usted? Eso va contra la Constitución. ¿Por qué lo han hecho? No se sabe. Ante las protestas, dice PRODUCE que lo va a revisar. El tema de fondo es, otra vez, que las necesidades de la población de tener pescado y conservas nacionales ocupa el último lugar de la cola, ya que la Constitución de 1993 dice que “el mercado proveerá”. Hay varios temas más, como Pasamayo. El problema no solo es que no haya habido barandas “porque no estaban contempladas en el contrato”. El tema de fondo es que este es un contrato-ley (Art. 62 de la Constitución 1993) que “no se puede tocar”. Dijo el ministro Giuffra en el Congreso: “El concesionario es responsable del mantenimiento del serpentín. No podemos mandar hacer barandas el jueves e ir a colocarlas el viernes, a nuestro antojo. Tiene que haber una negociación”. ¿Contrato-ley = extraterritorialidad privada? No, pues. Está pues a la orden del día una discusión de fondo sobre estos temas y los artículos económicos de la Constitución de 1993. Opinen los lectores. (1) Ver: https://goo.gl/rZftWq