Fujimorismo insiste. Congresistas Úrsula Letona y Alejandra Aramayo (Fuerza Popular) retiraron el discutido PL 1027 y presentaron uno nuevo: el PL 1120, que aún mantiene esencia del anterior, pues sigue decidiendo quién puede informar o no.,Las fujimoristas Alejandra Aramayo y Úrsula Letona retiraron el discutido PL 1027 sobre el control de medios y en su lugar ingresaron otro con algunas modificaciones. El nuevo, PL 1120, ya no incluye el inciso 3 del art. 2, que hacía referencia a que no podían ser directores periodísticos quienes estén siendo investigados por el Ministerio Público en agravio del Estado. PUEDES VER: Kuczynski declaró por más de tres horas sobre el caso Interoceánica Tampoco contiene el artículo 3, que indicaba que los ciudadanos podían ejercer la veeduría en la conducción de los medios de comunicación “como un mecanismo legítimo que garantice su derecho a la información neutral”. Aún vulnera derechos En diálogo con La República, Bernardo Roca Rey, presidente del Consejo de la Prensa Peruana (CPP), reseñó que el nuevo proyecto aún vulnera la Carta Magna, pues decide quién puede comunicar o no, yendo de esta manera en contra del derecho a la información. “En espíritu no hubo modificaciones, pero sí en las normas. Lo han limpiado un poquito, pero aquí no se puede ir en contra de la libertad de expresión”, añadió. Además, refirió que esta ley podría afectar incluso a ciudadanos de a pie que administren algún blog informativo o un canal de YouTube, situación que nos llevaría, argumentó, a asemejarnos a lo que sucede en Venezuela. “No es posible que aún sigamos discutiendo esto. En los únicos lugares que han aplicado reglas como esta, en países como Venezuela, su democracia cambió”, precisó. A través de un comunicado, el CPP alertó del “retorno de prácticas de intimidación a la prensa” y exhortó a las legisladoras a retirar de inmediato este proyecto, además de pedir que la Comisión de Constitución, que preside el también fujimorista Miguel Torres, archive el PL 1120. En tanto, Roca Rey reprochó que Letona haya criticado que el debate de este PL 1027 “se haya dado desde los medios de comunicación y no en el Congreso de la República”. “Si no pueden discutirlo ahora que lo están promulgando, después no vas a ni siquiera poder pensarlo”, aseveró. Por su parte, Roberto Pereira, asesor jurídico del Instituto Prensa y Sociedad (IPYS) y experto en temas de libertad de expresión, opinó que el nuevo proyecto de ley del fujimorismo es una versión ‘dulcificada’ del anterior, porque sigue incurriendo en inconstitucionalidad y contrariedad a la Convención Americana. “La medida sigue estando dirigida a controlar contenidos, y es absurda porque asume que las personas condenadas por corrupción no serán objetivas o veraces”, dijo. Como se sabe, aún se mantienen los dos primeros incisos del artículo 2, que señalan que las personas que tengan una sentencia firme por delitos de corrupción en perjuicio del Estado no pueden ser accionistas, directores, editores “u otro cargo análogo cuya responsabilidad incida en la línea editorial de un medio”. “La medida además no supera el test de ‘necesidad imperiosa’ que exige el sistema interamericano para validar límites a la libertad de expresión”, agregó Pereira. Mientras tanto, el IPYS también envió un comunicado firmado por su director ejecutivo, Ricardo Uceda, en el que señala que “el Estado no debe regular la objetividad, pluralidad y veracidad de los medios”, porque esta medida es inconstitucional y calificó de “absurdo” que se limite quién puede informar o no. Razones del 'cambio' Por otro lado, por la mañana Letona y Aramayo enviaron una misiva al oficial mayor del Congreso, José Cevasco, en la que indican que retiraban el PL 1027 debido a las recomendaciones de la Defensoría del Pueblo. En tanto, Aramayo, la congresista arequipeña, lamentó que el proyecto haya merecido diversas columnas, según ella de ‘infamia’; y aseguró que retirar el PL 1027 tuvo consenso, hecho que su colega de bancada Héctor Becerril desmintió señalando que el proyecto fue una decisión de ellas. El PL 1120 –que reemplazó al 1027– aún mantiene los artículos 1 y 2 (con sus dos primeros incisos