Decisión. La defensa del candidato presidencial y exgobernador regional de Cajamarca ha cuestionado que su caso se haya adecuado a la Ley Contra el Crimen Organizado que otorga a la fiscalía mayores plazos para investigar un delito., Lo que resuelva la Sala Penal de la Corte Suprema este martes 29 de enero, en el caso del candidato presidencial y exgobernador regional de Cajamarca Gregorio Santos Guerrero, podría ser irrelevante para él­­­, ­­­­­pero terminará perjudicando otros casos de corrupción de funcionarios. Hace una semana, los jueces supremos aclararon que no emitirán sentencia contra “Goyo” Santos ni decidirán sobre su libertad en el proceso que se le sigue por asociación ilícita y colusión simple y agravada. Entonces, ¿sobre qué se pronunciarán? Plazo de investigación Los abogados de Santos, Fidel Rojas y Mario Rodríguez, han cuestionado el plazo de la investigación preparatoria; para ser más precisos, la norma procesal penal que debe aplicarse en su caso. La investigación a Santos se inició el 14 de mayo del 2014 bajo los alcances del nuevo Código Procesal Penal que establece un plazo de investigación por 8 meses, que se puede ampliar por otros ocho meses: 16 meses, en total. En el marco de esta norma, el 25 de junio del 2014 la jueza Mercedes Gómez ordenó la prisión preventiva de Santos por 14 meses, casi el mismo tiempo que restaba del plazo máximo de investigación. En teoría, la investigación terminaba y también saldría en libertad. Sin embargo, el 1 de julio del 2014 entró en vigencia la Ley contra el Crimen Organizado, que otorga mayores plazos a la fiscalía para investigar casos complejos y para la prisión preventiva. Las investigaciones en estos casos, pueden durar hasta 36 meses y ampliarse hasta un total de 72 meses para reunir las pruebas, realizar el juicio y emitir la sentencia. Así, en diciembre del 2014, al concluir los ocho meses de la investigación preliminar, el fiscal solicitó al Poder Judicial un nuevo plazo de investigación de 14 meses. El juzgado de investigación preparatoria accedió al pedido, pero solo concedió 11 meses, que concluyeron en diciembre del 2015. Alerta Paralelamente transcurrieron los 14 meses de prisión preventiva, que también podían ser ampliados. Al concluir el primer plazo de prisión preventiva, en agosto del 2015, la Sala Penal Nacional concedió a la fiscalía otros 11 meses. El 24 de julio del 2016, de no haberse dictado sentencia, Santos abandonará el penal de Ancón 2 y continuará afrontando su proceso en libertad. Eso no está en discusión ahora. Como dijimos antes, sus abogados cuestionan el plazo de la investigación. Rojas y Rodríguez consideran que la fiscalía debió concluir todas sus diligencias en solo 16 meses, es decir en septiembre del 2015, y que se le habrían otorgado tres meses más. Si la Corte Suprema les da la razón, entonces todas las pruebas que la fiscalía habría reunido entre septiembre y diciembre del 2015 carecerían de valor. La fiscalía considera que al momento actual esto no tiene mayor trascendencia, puesto que ya se presentó la acusación contra Santos. Pero donde se han encendido las alarmas es en otras fiscalías, como las que ven los casos La Centralita, el de Beto Torres en Chiclayo y hasta la que se sigue a los hermanos Orellana. Resulta que desde julio del 2015, las fiscalías a nivel nacional que tenían casos complejos los adecuaron a la Ley contra el Crimen Organizado. Todos libres El Tribunal Constitucional y la misma Corte Suprema han dicho con anterioridad que en asuntos procesales rige la Ley vigente cuando se realizan los actos investigatorios. Es decir, el pedido de Santos no procede. Si la Sala Penal Suprema cambia de opinión se anularía lo que se realizó en los dos últimos meses de la investigación, pero para entonces la fiscalía ya tenía las pruebas principales. La resolución solo surte efecto en el caso Santos, pero otros la pueden invocar como precedente para anular los actos de investigación realizados desde julio del 2014 hasta hoy. Centralita Álvarez. La investigación al exgobernador regional César Álvarez, que comenzó en marzo del 2013, sería la más afectada, quedaría solo lo indagado en Áncash, es decir nada. Lima. La Centralita recién se empezó a investigar desde julio del 2014 cuando fue trasladado a Lima y se adecuó a la nueva Ley, pues con la norma regular ya habían concluido los plazos. Acusaciones en el caso Santos 24 años de prisión: Gregorio Santos Guerrero 20 años de prisión: José Panta Quiroga, Juan Coronado Bustamante 18 años de prisión: Fuaad Samhan Graham 16 años de prisión: Herbert Bravo Saucedo, Segundo Calua Gamarra 14 años de prisión: Percy Flores del Castillo, Aristides Narro Miranda 12 años de prisión: Fernando Díaz Carnero 10 años de prisión: Juan Salazar Silva, Víctor Nilo Acosta Pastor 9 años de prisión: Rafael Acosta Rodríguez 8 años de prisión: Leider Calva Guerrero, Nancy Dávila Castillo, Maritza Briones Rojas, Javier García Paima, Alberto Cieza Rojas, Edgardo Diaz Silva, Pedro Huamán Ortiz 7 años de prisión: Jorge Cabanillas Aguilar, Jorge Cruzado Saavedra 6 años de prisión: Edmundo Miñano García, Carlos Pinto Fuentes, Ricardo Vila Garrido, Claudio Ortiz de Zevallos L 5 años y 4 meses: Anselmo Flores Domador 5 años de prisión: Víctor Camacho Alva