¿Puede mi padre exigirme una pensión de alimentos, aunque me haya abandonado cuando fui menor?: esto dice la Defensoría del Pueblo
En Perú, se han registrado casos de padres que abandonan a sus hijos o hijas cuando estos son menores de edad y cuando crecen les piden una pensión de alimentos, al no tener recursos para sobrevivir. Ante ello, una especialista en derecho de familia explica cómo actúa la ley.
En el Perú, la situación de padres que abandonaron a sus hijos cuando eran menores de edad y luego solicitan pensión de alimentos genera diversas interrogantes legales. Aunque puede sonar injusto que estas personas tengan derecho a exigir un sustento económico a sus herederos que no criaron, la Defensoría del Pueblo ofrece una respuesta de cómo se debe proceder en tales casos.
¿En qué casos un padre puede exigir pensión de alimentos a sus hijos en Perú?
Según la abogada Lorena Meza, de la Defensoría del Pueblo, los hijos tienen la obligación de proporcionar pensión alimentaria a sus padres si estos se encuentran en estado de necesidad, enfermedad y en el caso de no poder solventarse. Esto se fundamenta en el artículo n.º 474 del Código Civil, que protege a los ancianos en situaciones de vulnerabilidad económica.
“(Un padre puede pedir pensión) Ya sea porque los ingresos que tiene son escasos o simplemente carece de ellos por algún tipo de enfermedad o por alguna discapacidad física o mental que le impida trabajar”, sostuvo la especialista.
Asimismo, la medida protege a los padres del abandono de sus hijos o hijas, así como de otros familiares, de acuerdo con información del portal oficial del Ministerio de Justicia.
Sin embargo, la abogada detalló que los hijos deben tener la capacidad económica para cumplir con esta obligación.
“Estos hijos deben tener capacidad económica para acudir con una pensión alimenticia al padre o madre que lo solicite”, indicó.
Los hijos pueden brindar una pensión a sus padres, aunque estos no los haya criado cuando fueron menores de edad. Foto: iStock.
Si mi padre me abandonó cuando era menor, ¿puede exigirme una pensión de alimentos?
La especialista en derecho de familia señaló que los hijos, sin excepción alguna, están en la obligación de brindar una pensión alimentaria a sus padres, aunque estos los hayan abandonado en su infancia o no se hayan responsabilizado de ellos cuando fueron menores de edad.
Aunque pueda sonar injusto, la ley peruana no contempla dicho supuesto, según indica Lorena Meza. El juez no evaluará si el padre o la madre estuvieron presentes en la infancia del menor, sino se centrará únicamente en qué situación económica se encuentran los progenitores para determinar si deben recibir o no el apoyo económico.
No obstante, es necesario que el padre haya reconocido a su hijo o hija legalmente y firmado en su partida de nacimiento.
¿Puedo ir a prisión por negarme a darle pensión de alimentos a mi padre?
Los hijos que se nieguen a proporcionar pensión alimentaria a sus padres, a pesar de una sentencia judicial, pueden enfrentar consecuencias legales, incluyendo la posibilidad de prisión, según refirió la abogada Meza.
“La norma penal señala que, si tengo una sentencia por alimentos —fijada por un juez o fijada en una conciliación extrajudicial— y no la cumplo, a pesar de que me han requerido el pago, podría ir a prisión por el delito de omisión a la asistencia familiar”, enfatizó.
Sin embargo, aclaró que es fundamental que exista una sentencia o conciliación extrajudicial para que se aplique esta medida. Sin estas condiciones, el simple hecho de no brindar apoyo económico no es suficiente para que se impongan sanciones penales. Además, es importante mencionar que la norma aplica tanto para hijos que no cumplen con el sustento económico a sus padres como para progenitores que no cumplen con la pensión de alimentos de sus descendientes.