Por MARÍA ELENA HIDALGO y SILVANA VEGA UNIDAD DE INVESTIGACIÓN.- Rubén Abimael Guzmán Reynoso (a) "Presidente Gonzalo", cabecilla máximo del grupo terrorista Sendero Luminoso, quien actualmente cumple sentencia de prisión de por vida en el penal de la Base Naval del Callao, figura entre los primeros internos a los que alcanzan los efectos de la sentencia interpretativa del Tribunal Constitucional que declara inconstitucional la cadena perpetua y el delito de traición a la patria.Abimael Guzmán fue procesado bajo los términos establecidos en los decretos leyes 25475 y 25659 que establecían tal tipo de pena y de delito. La sentencia fue dictada el 7 de octubre de 1992 por el Tribunal Militar de la Zona Judicial Naval, y confirmada en segunda instancia. Los sentenciados a cadena perpetua podrán solicitar un nuevo juzgamiento, para cuyo efecto no se anularán las pruebas que existan en su contra. Y al cumplir 30 años de internamiento, plantear al Congreso de la República la revisión de su condena. NO PROCEDE Mientras que Abimael Guzmán Reynoso sí podrá solicitar un nuevo proceso, la misma posibilidad no le alcanzaría a su compañera Elena Iparraguirre Revoredo, y a los emerretistas Víctor Polay Campos, Lori Berenson Mejía, Pacífico Catrillón Santa María, y los chilenos Jaime Castillo Patruzzi, María Pincheira, Lautaro Mellado y Alejandro Astorga. El relator de la Sala Nacional de Terrorismo Javier Llaque Moya precisó que Guzmán sí podría solicitar un nuevo proceso porque fue sentenciado por traición a la patria, pero los otros sentenciados no podrían acogerse a esta sentencia por diversos motivos. En el caso de Elena Iparraguirre, sostuvo Javier Llaque, ella ya obtuvo un nuevo proceso mediante una acción presentada ante el Tribunal Constitucional, al igual que Garrido Lecca y Pacífico Castrillón. Lori Berenson no se beneficiará tampoco con el fallo de TC porque fue sentenciada por colaboración terrorista, artículo del decreto ley 25475 que regula el delito de terrorismo que no fue declarado inconstitucional. De la misma manera, Víctor Polay Campos no se podría acoger a esta nueva disposición porque fue sentenciado por el delito de terrorismo, que tampoco fue cuestionado. El relator de la Sala Nacional de Terrorismo aclaró que el Tribunal no declaró la inconstitucionalidad de los procesos realizados por jueces sin rostro, modalidad a través de la cual fue condenado Polay Campos. Llaque indicó además que los chilenos también están siendo sometidos a un nuevo proceso, lo cual no les permitiría solicitar un nuevo juicio. Javier Llaque informó que este martes los integrantes de la Sala Nacional de Terrorismo acudirán a la Comisión de Justicia del Congreso para presentar sus propuestas respecto de los procedimientos para ejecutar la sentencia. Propuso que al solicitarse un nuevo proceso, se debería iniciar un juicio para todos los procesados en la causa, de tal manera que se evitaría que se plantee causas por separado, situación que entorpecería la acción de la justicia. Morote en el 2028 El ex número dos de Sendero Luminoso Osmán Morote Barrionuevo (a) "Remigio", capturado el 12 de junio de 1988, recibió dos condenas de 15 y 20 años, por lo que en 1998 y debido a los beneficios penitenciarios planteó su libertad. Se le abrió en esa ocasión un nuevo juicio al establecerse que desde su celda se comunicaba con integrantes de diversas células maoístas. La Sala de Terrorismo lo condenó en octubre de 1998 a cadena perpetua en el penal de Yanamayo. Si le alcanzan los efectos de la reciente sentencia del TC, le correspondería solicitar su libertad en octubre del 2028. No alcanza a Maritza Similar es el caso de la bailarina de ballet y protectora de Abimael Guzmán, Maritza Garrido Lecca, quien también fue sentenciada por el Tribunal Militar el 7 de octubre de 1992 por traición a la patria y condenada a cadena perpetua. Ella viene siendo juzgada nuevamente, esta vez en el fuero civil. La Sala Penal de Reos en Cárcel resolvió a su favor el 25 de setiembre pasado un recurso de hábeas corpus que anuló su proceso en el fuero militar. El nuevo proceso contra la bailarina fue dispuesto el pasado 7 de agosto por la Corte Superior luego de analizar el referido recurso de hábeas corpus en el que se planteaba la ilegalidad de la primera sentencia.