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Política

Presentan PL para fortalecer derechos a la libertad de expresión e información

Iniciativa impulsada por los legisladores morados busca “establecer el procedimiento civil de rectificación y de sanción de las infracciones contra el honor” en favor de los medios y la ciudadanía.

Concentración. La sentencia anulada reconocía que la concentración del 80% de la prensa es ilegal y perniciosa para la libertad de información y el derecho a contar con una información plural. Foto: difusión
Concentración. La sentencia anulada reconocía que la concentración del 80% de la prensa es ilegal y perniciosa para la libertad de información y el derecho a contar con una información plural. Foto: difusión

Los tres legisladores del Partido Morado presentaron ante el Congreso de la República una iniciativa legislativa con el fin de “fortalecer el ejercicio de los derechos a la libertad de expresión e información que corresponde a la ciudadanía, periodistas, y a los medios de comunicación, en armonía con el reconocimiento del derecho al honor”.

En efecto, por medio del proyecto de ley n.° 1146/2021-CR, enviado este lunes 17 de enero, los congresistas Susel Paredes, Flor Pablo y Edward Málaga buscan ”establecer el procedimiento civil de rectificación y de sanción de las infracciones contra el honor” tanto de los medios de prensa como de los ciudadanos.

Es así que el documento reconoce como infracciones las injurias, ofensas o ultraje a una persona con palabras, gestos o vías de hecho. También incluye las calumnias que quieran atribuir falsamente a una persona un delito.

Asimismo, también se considera a la difamación como una forma de atribuir un hecho, una cualidad o una conducta que pueda perjudicar el honor o reputación ante varias personas unidas o separadas, así como la injuria encubierta en la que el infractor se rehúsa a dar ante un juicio explicaciones satisfactorias.

Por otro lado, de acuerdo al mencionado proyecto, no se consideran conductas infractoras ni genera derecho a una rectificación las conductas neutrales, entendiéndose a aquellas “que se limitan a reproducir otras publicaciones o discursos, cuando ello está debidamente señalado”.

De igual manera, no se tomarán en cuenta las ofensas proferidas con ánimo de defensa por los abogados en intervenciones ante jueces, las críticas literarias, artísticas o científicas, las apreciaciones que contengan conceptos desfavorables contra un funcionario público, las injurias recíprocas, cuando se refiere a las cualidades o conductas de un funcionario público en ejercicio de sus funciones y cuando es evidente “que el infractor actúa en interés de causa pública o en defensa propia”.

”Esta iniciativa legislativa surge a partir de la preocupación que genera la inadecuada regulación que existe sobre los delitos contra el honor en el Perú. Esta normativa necesita ser repensada por una regulación que fortalezca el ejercicio de los derechos a la libertad de expresión e información que corresponde a la ciudadanía, periodistas y medios en armonía con reconocimiento del derecho al honor”, expresa el documento.

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