¿El 30 de abril es feriado o día no laborable en Perú?
Política

SJL: la infracción que habría cometido la autoridad municipal que repartió propaganda electoral

Willy Alonso Pomar Anicama fue captado repartiendo los volantes en favor de la candidata al Congreso, y esposa del alcalde de San Juan de Lurigancho, Flor de María Hurtado.

En las últimas horas circuló un video donde se aprecia cómo un alto elemento de la Municipalidad de San Juan de Lurigancho reparte decenas de volantes alusivos a la candidata al Congreso, Flor de María Hurtado. Nada menos que la esposa del actual alcalde, Álex Gonzáles.

Según las investigaciones, la persona que aparece en las imágenes es Willy Alonso Pomar Anicama, quien hasta el día de hoy se desempeñaba como subgerente de Tránsito, Transporte y Vialidad de la comuna distrital.

Resolución de alcaldía que designa a Willy Pomar Anicama como subgerente de la Municipalidad de SJL.

Resolución de alcaldía que designa a Willy Pomar Anicama como subgerente de la Municipalidad de SJL.

Pese a que el propio municipio de SJL emitió un comunicado señalando que el señor Pomar Anicama “no ejerce labor alguna”, La República pudo confirmar que su nombre completo aparecía como funcionario en el sitio web de la organización. Incluso poseía un correo institucional.

dfsdf

dfsdf

SJL: la infracción que habría cometido la autoridad municipal que repartió propaganda electoral

SJL: la infracción que habría cometido la autoridad municipal que repartió propaganda electoral

Cabe resaltar que la Ley Orgánica de Elecciones N° 26859 invoca el principio de neutralidad por parte de las autoridades y los funcionarios del Estado en época electoral.

De acuerdo a esta normativa, en su artículo 192, esta señala que “el Estado está prohibido de efectuar propaganda política en favor o difusión de información en contra de cualquier partido, agrupación independiente o alianza”.

Según el artículo 385 del mismo marco legal, correspondería reprimir con la pena privativa de la libertad, no menor de 2 años ni mayor de 6, a las autoridades políticas, municipales y los funcionarios públicos que “realicen algún acto que favorezca o perjudique a determinado partido o candidato”.

Asimismo -como pena accesoria- aplicaría la inhabilitación por igual tiempo al de la condena, de acuerdo a los incisos 1, 2, 3 y 4 del artículo 36 del Código Penal.

Al respecto, el jefe de la Oficina Defensorial de Lima, Alberto Huerta, indicó a La República que "una autoridad debe ser neutra. No debe usar las entidades o la infraestructura estatal para hacer propaganda a su partido, y tampoco podemos permitir que solo los cartelitos de su partido estén por la jurisdicción”.

SJL: Municipalidad afirma que funcionario no trabaja ahí

La Municipalidad de San Juan de Lurigancho deslindó responsabilidad con respecto a la persona que repartió volantes proselitistas desde un helicóptero.

Mediante un comunicado oficial, la institución señaló que Willy Pomar Anicama “no ejerce labor alguna en la comuna” y manifestó que sus acciones fueron realizadas “a título personal” sin involucrar a la gestión municipal.

Por otro lado, el ente rector de SJL negó que el helicóptero utilizado para repartir esos volantes sea el de propiedad del distrito. “El helicópero en cuestión no pertenece a esta comuna como viene siendo mencionado”, indicó.

Comunicado de la Municipalidad de San Juan de Lurigancho.

Comunicado de la Municipalidad de San Juan de Lurigancho.

En Política LR, contamos con un equipo de periodistas especializados que se encargan de redactar y elaborar los artículos bajo nuestra firma. Además, disponemos de un grupo de editores dedicados a revisar meticulosamente cada publicación para garantizar que cumplan con nuestra línea editorial y sean de relevancia para nuestros lectores.