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Colombia: Corte ordena que se reconozca el género no binario en el documento de identidad

Luego de basarse en un caso de 2015, el alto tribunal exhortó al Gobierno y la Registraduría cumplir con la decisión y respetar el derecho a la identidad de las personas no binarias en un plazo no mayor a 6 meses.

Amplios sectores han destacado este paso tomado por la Argentina. Foto: difusión
Amplios sectores han destacado este paso tomado por la Argentina. Foto: difusión

El último martes 1 de marzo, la Corte Constitucional de Colombia exhortó al Gobierno y a la Registraduría reconocer la categoría “no binario” dentro de los documentos de identidad en todo el país. De esa manera, la entidad que vela por el registro identitario de las, les y los colombianos deberá incluir, en un plazo máximo de seis meses, dicha alternativa para identificarse.

La decisión del alto tribunal llega con la resolución de un caso anterior, en el que una persona presentó un recurso de amparo para que se reconozca su identidad de género como no binario.

¿Qué sucedió para que se tomara esta decisión?

La Corte Constitucional de Colombia decidió este fallo tras evaluar el pedido de una persona de 40 años, que al ser asignado con el sexo masculino al nacer, inició su proceso de transición a los 20 años.

En el 2015, cambió de nombre a Dani García y solicitó que se reconozca su identidad de género femenina, cuatro años más tarde, la demandante exigió un nuevo documento que le reconociera como persona de sexo “indeterminado”, debido a que “su apariencia actual no coincide plenamente con el imaginario social sobre las características del sexo femenino”.

Si bien, en un inicio, la Registraduría Nacional rechazó su petición, la Corte exhortó al organismo a brindar a García un nuevo documento “que incorpore (...) en el componente sexo, el marcador ‘no binario’”.

¿Qué dice el fallo de la Corte Constitucional colombiana?

En su resolución basada en el caso de García, el máximo tribunal colombiano determinó que “la configuración de un nuevo marcador de género es un paso inicial hacia participación social efectiva”. Además, se dispuso que se faciliten las herramientas necesarias para que las personas que presentan todos los requisitos para agregar el género no binario en el marcador sexo de sus documentos de identidad cuenten “con las mismas garantías de quienes se identifican oficialmente en forma binaria”.

En ese sentido, el fallo y su fundamentación se apoyan en el reconocimiento legítimo de los derechos a la dignidad humana, a la personalidad jurídica, al libre desarrollo de la personalidad y a la libertad de conciencia de todas las personas.

Asimismo, la Corte ordenó al Congreso de Colombia regular los derechos, obligaciones y servicios que vean en el sexo o el género como “un criterio de asignación” para que existan condiciones en las que la ciudadanía no binaria pueda acceder a los mismos. Esto frente a la diferenciación binaria que realiza el Estado en las personas a la hora de querer acceder a servicios y prestaciones estatales.

De acuerdo con la plataforma de periodismo Mutante, pese a que la Corte colombiana exigió al Congreso “legislar y reglamentar” esta situación, el Parlamento aún no lo ha hecho. Según el medio de comunicación, entre 1993 y 2016, el alto tribunal presentó 95 sentencias emitidas que, hasta la fecha, aún no son legisladas.

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