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Género

Colombia: reconocen límites en justicia indígena y ordinaria en casos de violencia de género

Una mujer indígena sufrió violencia física y psicológica durante 15 años. Sin embargo, la Fiscalía recién intervino luego de que fuera víctima de tentativa de feminicidio.

violencia de género Colombia
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El caso de una mujer indígena, de 48 años, que sufrió violencia física y emocional durante 15 años por parte de su expareja establece un precedente en Colombia. La Corte Constitucional acaba de concluir que, cuando hay violencia de género, la justicia ordinaria no es superior a la indígena, ya que ambas tienen falencias al momento de investigar y sancionar este delito.

Este fallo se da luego de que la jueza Diana Fajardo anulara el pedido del resguardo indígena de Males, en Córdoba (Nariño), sobre transferir un proceso por violencia intrafamiliar de la justicia indígena a la ordinaria.

De acuerdo a la Sala Disciplinaria de la judicatura, el caso no se resolvería por la justicia indígena porque la violencia intrafamiliar es un delito de suma importancia para el derecho nacional y porque las autoridades tradicionales no ofrecen garantías para su solución.

Fajardo concluye, finalmente, que el proceso de violencia de género debe seguir en la justicia ordinaria, pero no por los argumentos dados por la Sala Disciplinaria a los que consideró basados en prejuicios y generalizaciones.

En primer lugar, precisa que no es cierto que las autoridades indígenas solo puedan operar delitos menores, ya que eso equivaldría a decir que son incapaces de investigar y resolver delitos de mayor gravedad, como es la violencia contra la mujer. Esto quiere decir que las denuncias de este tipo ocurridas en comunidades indígenas no deben ir automáticamente a la justicia ordinaria solo porque se crea que esta ofrece más garantías.

En segundo lugar, el Tribunal sustenta que las alarmantes cifras demuestran la gran impunidad que existen sobre la violencia de género, por lo que la deuda de la justicia ordinaria con las mujeres en Colombia es grande.

La Corte, además, escribe que “no encuentra explicación alguna de las autoridades tradicionales sobre su ausencia y pasividad todos estos años, pese a que era evidente el desequilibrio producido en el hogar de la víctima". "Tampoco se entiende por qué el gobernador solo intervino en 2018, una vez que fue capturado Hilario Cuarán, para ahora sí manifestar su intención de conocer la denuncia por violencia intrafamiliar”, señala.

Con esta sentencia, el alto tribunal hace un llamado a la sociedad para cumplir y velar por una vida libre de violencia para las mujeres colombianas, sin distinción de etnia o creencia.

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