Mascarillas: ¿qué está y no está permitido tras aprobarse su uso opcional desde 1 de mayo?
Desde el 1 de mayo, se actualizarán las restricciones referentes a la pandemia. Las personas podrán dejar de usar mascarillas en espacios abiertos. Conoce aquí cuáles serán los otros cambios.
El Gobierno liderado por el presidente Pedro Castillo ha hecho pública las nuevas medidas sanitarias para la COVID-19. Estas reglas serán para todo el territorio nacional, tal como indica el Decreto Supremo N.º 041-2022-PCM, y serán válidas desde el inicio de mayo.
Es importante recalcar que esta medida podrá ser adoptada en los departamentos donde el 80% de la población mayor de 60 años tenga las tres dosis de la vacuna contra la COVID-19 y que el 80% de la población mayor de 12 años tenga dos dosis, según lo informado en el Diario Oficial El Peruano.
Sumado a ello, el plazo de la emergencia sanitaria estará activo por 90 días calendario; es decir, hasta el 28 de agosto de 2022. En este tiempo, se tomarán medidas para la prevención y control de la COVID-19.
A continuación, conoce aquí las nuevas restricciones que serán válidas a partir del 1 de mayo en todo el Perú.
¿Qué está permitido hacer?
- Es opcional el uso de mascarillas en espacios abiertos, mientras se garantice el distanciamiento físico o corporal.
- En las instituciones educativas, no es necesario mantener el distanciamiento físico o corporal no menor de un metro.
- Al momento de ir a restaurantes o similares, la(s) mascarilla(s) puede(n) ser retirada(s) solo al momento de ingerir los alimentos.
El uso de mascarillas será opcional en espacios abiertos desde el 1 de mayo. Foto: Instagram / Umivale
¿Cuáles son las restricciones actuales?
- Mantener el distanciamiento físico o corporal de no menos de un metro.
- Uso obligatorio de una mascarilla KN95 o una mascarilla quirúrgica de tres pliegues (y encima de esta una mascarilla de tela), para caminar por las vías de uso público y en lugares cerrados.
- Evitar aglomeraciones.
- Lavarse constantemente las manos.
- Para hacer uso del transporte terrestre o aéreo, todos los peruanos, extranjeros residentes y no residentes de 12 años a más deberán presentar su carnet de vacunación con las dos dosis de la vacuna contra la COVID-19.
- Ventilar los locales de entidades públicas y privadas, con puertas y ventanas abiertas, cuando sea posible.
- Los choferes y cobradores de todo servicio de transporte público, así como los que brindan servicios de delivery, taxi y transporte privado de personal y turismo solo pueden operar si han recibido, en el Perú y/o el extranjero, las tres dosis de vacunación contra la COVID-19.
- Los residentes mayores de 18 años que ingresen a los centros comerciales, tiendas por departamento, supermercados, cines, teatros, bancos, entidades financieras, iglesias, peluquerías, entre otros, tendrán que presentar su carnet físico o virtual que acredite haber recibido, en el Perú y/o el extranjero, las tres dosis de vacunación contra la COVID-19.
- Solo podrán ingresar a los coliseos y estadios deportivos los mayores de 5 años que presenten su carné físico o virtual que acredite haber recibido, en el Perú y/o el extranjero, la primera y segunda dosis de vacunación contra la COVID-19. Además, es obligatorio el uso permanente de una mascarilla KN95 o una mascarilla quirúrgica de tres pliegues (y encima de esta una mascarilla de tela).