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AFP: ¿qué pasa con los aportes de un afiliado cuando fallece?

Miles de personas aportan mes a mes el 10% de su sueldo a la AFP para tener una jubilación segura, pero ¿qué pasa cuando el aportante fallece? Te lo explicamos.

Foto: Andina
Foto: Andina

Las AFP son compañías que administran el dinero de tu fondo de pensiones con el propósito de generar ganancias en tu beneficio y así financiar tu jubilación por medio de una pensión. Pero ¿qué pasa cuando el aportante fallece?, ¿se pierde todo su dinero? A continuación, te lo explicamos.

Según la Superintendencia de Banca y Seguros del Perú, todos los ahorros de los aportantes están en cuentas individuales de capitalización, con nombre y apellido, por lo que al fallecer sus beneficiarios directos pueden contar con una pensión de sobrevivencia, y disponer de ese dinero cuando lo deseen.

¿Qué es una pensión de sobrevivencia?

La pensión de sobrevivencia es una de las prestaciones o beneficios que ofrece el Sistema Privado de Pensiones (SPP) cuando se produce el deceso de un afiliado, sea que éste se encontrase en condición de trabajador activo o hubiese contratado previamente una pensión de jubilación.

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La pensión de sobreviviente se otorga ante el fallecimiento del aportante. Foto: Andina

Las pensiones de sobrevivencia se otorgan únicamente a los sobrevivientes que se acrediten como beneficiarios, conforme a las exigencias previstas en las normas del SPP. Por ello, resulta de suma importancia conocer las condiciones que deben reunir dichos sobrevivientes, así como los documentos que deben respaldar la condición de beneficiario.

Esto con el fin de que, en el momento de la contingencia, todos los que tengan derecho al beneficio de sobrevivencia puedan iniciar el respectivo trámite ante la AFP y obtener la pensión que por derecho les corresponde.

¿Quiénes son los beneficiarios de una pensión de sobrevivencia AFP?

De acuerdo a lo establecido por la SBS, los beneficiarios son los siguientes:

  • Cónyuge o concubino(a).
  • Hijo no nato.
  • Hijos menores de 18 años.
  • Hijos mayores de 18 años declarados con invalidez total permanente para el trabajo, de acuerdo al dictamen del comité médico competente.
  • Hijos mayores de 18 años que sigan en forma ininterrumpida y de manera satisfactoria estudios de nivel básico o superior, hasta los 28 años de edad.
  • Padre y/o madre declarados con invalidez de acuerdo al dictamen del comité médico competente.
  • Padre de 60 años y/o madre de 55 años que hayan dependido económicamente del afiliado.
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Foto: Andina

Requisitos para solicitar la pensión de sobrevivencia

Para que los beneficiaros puedan empezar con los trámites para recibir la pensión de sobrevivencia, deben presentar ante la AFP los siguientes documentos:

  • Solicitud de pensión de sobrevivencia debidamente llenada y firmada.
  • Copia del atestado policial, ante la ocurrencia de un accidente o si se evalúa la exclusión de la cobertura del seguro.
  • Copia de los documentos que acrediten las remuneraciones del afiliado de los últimos 48 meses, exigible solo para el caso de aquellas remuneraciones que se hubiesen generado con anterioridad a su incorporación al SPP.
  • Certificado médico de defunción, certificado de necropsia o copia certificada de declaración judicial de muerte presunta, según corresponda.
  • Otros documentos que, de modo general, determine la Superintendencia.

¿Qué pasos deben seguir los beneficiarios para solicitar la pensión de sobrevivencia?

Ante el fallecimiento del aportante, los beneficiarios pueden solicitar la pensión de sobrevivencia realizando los siguientes pasos:

  • Paso 1: Presentar y suscribir ante la AFP la Sección I del formato Solicitud de Pensión de Sobrevivencia, entregar copia de la documentación que acredita su condición de tales (beneficiarios), así como los documentos anteriormente mencionados.
  • Paso 2: Una vez presentada la solicitud, la AFP procederá a la verificación de la cobertura del seguro previsional y, de ser el caso, aceptará o rechazará la solicitud.
  • Paso 3: De aprobarse la solitud, los beneficiarios deben de solicitar el cálculo de diferentes modalidades de pensión.
  • Paso 4: Las AFP presentarán las ofertas de las diferentes modalidades de pensión solicitadas y los beneficiarios deben elegir la modalidad de pensión.
  • Paso 6: Hecho esto, la AFP efectúa el pago de la pensión de sobrevivencia correspondiente. ¡Eso es todo!
Pensión de sobrevivencia

Los beneficiarios debes llenar una solicitud. Foto: auditool

¿Qué porcentajes de pensión reciben los beneficiarios?

BeneficiariosPorcentaje
Cónyuge o concubino(a) sin hijos42%
Cónyuge o concubino(a) con hijos35%
Hijos menores de 18 años14%
Hijos mayores de 18 años declarados con invalidez total permanente para el trabajo14%
Hijos mayores de 18 años que sigan en forma ininterrumpida y de manera satisfactoria estudios de nivel básico o superior14%
Padres que sean inválidos total o parcialmente de naturaleza permanente14%
Padre de 60 años y/o madre de 55 años que hayan dependido económicamente del afiliado14%

Ten en cuenta que el monto de las pensiones a otorgar al conjunto de beneficiarios en ningún caso podrá exceder un porcentaje máximo sobre la remuneración mensual del afiliado fallecido.