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Sociedad

ATU reducirá hasta un 95% las sanciones del SAT al transporte formal entre 2001 y 2019

La implementación del Beneficio Extraordinario de Regularización de Sanciones tendrá una vigencia de nueve meses.


Los transportistas formales de Lima y Callao podrán acceder a este beneficio para reducir significativamente sus sanciones. Foto: ATU

Los transportistas formales podrán reducir hasta un 95% sus deudas coactivas generadas por sanciones administrativas impuestas por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) entre 2001 y 2019. Este Beneficio Extraordinario de Regularización de Sanciones ha sido implementado por la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU), entidad adscrita al Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC).

A través de la resolución de Presidencia Ejecutiva n.° 019-2025-ATU/PE, publicada hoy en el diario oficial El Peruano, se establece esta medida que permitirá a los operadores del transporte terrestre formal en Lima y Callao cumplir con sus obligaciones y beneficiarse de la condonación del 100% de costas y gastos administrativos.

Es fundamental señalar que las sanciones que entran en este beneficio son aquellas impuestas por el SAT y transferidas posteriormente a la ATU. La medida estará vigente por un periodo de nueve meses, comenzando al día siguiente de la publicación de la resolución, lo que brinda una oportunidad para que los transportistas aprovechen estos descuentos y eviten procedimientos coactivos en el futuro.

La resolución permite condonar el 100% de los costos y costas administrativas asociadas a sanciones impuestas entre 2001 y 2019. Foto: ATU

Asimismo, la entidad encargó a su Oficina de Administración para que, en un plazo de 30 días calendario, establezca las disposiciones administrativas necesarias para implementar este beneficio. La aceptación de esta regularización resultará en la conclusión o archivo del procedimiento de ejecución coactiva, según corresponda.

"El acogimiento al Beneficio Extraordinario de Regularización de Sanciones genera la conclusión y/o archivo del procedimiento de ejecución coactiva, según sea el caso", afirmó ATU.

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