Previo a la llegada de la pandemia, se implementó una ley que permitía que las personas puedan acudir con sus alimentos o algún plato servido al cine para ver una película. Ello generó muchas repercusiones, pero lo cierto es que dio más libertad al consumidor de no tener necesariamente que comprar los insumos ofrecidos por dichos establecimientos. Ahora, después de la pandemia, se ha vuelto a normalizar esta medida, pero bajo ciertas condiciones.
La ley es la Resolución 467-20187SPC-Indecopi, la cual determina que los clientes de Cineplanet pueden acudir a las salas de cine con productos externos, pero que sean similares a los que vende el establecimiento. Por lo tanto, podrían acceder con cancha salada, cancha dulce, gaseosas, nachos con crema y sanguches con hot dog.
Las salas de cine en Perú se rigen bajo normas respecto a llevar alimentos que se ingieren durante las películas. En el caso de Cineplanet, la cadena nacional más extendida en la mayoría de centros comerciales conocidos, estas son las prohibiciones:
En caso de que tú lleves algún alimento similar a los que ofrecen en el cine, como la cancha que de repente preparaste en tu hogar por un tema económico o alguna otra bebida gaseosa en botella de plástico y te lo prohíban, podrás solicitar el Libro de Reclamaciones. Por otro lado, las redes sociales actúan como un vehículo importante para reportar cualquier injusticia y hacerlo público.
De acuerdo a la Asociación Peruana de Consumidores y Usuarios (Aspec), los cines que no permitan la entrada e ingesta de estas comidas deberán pagar una multa de hasta S/2.070.000, lo equivalente a 450 UIT.
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La reapertura de los cines tras la pandemia de COVID-19 se dio en los primeros días de agosto. Al inicio se respetaba el distanciamiento y era obligatorio el uso de mascarilla, como además no se podía vender comida. Sin embargo, poco a poco las restricciones fueron cayendo.
Conoce que alimentos no pueden llevarse al cine. Foto: composición/difusión/Andina
De acuerdo a la Asociación Peruana de Consumidores y Usuarios (Aspec), las empresas de cine que restrinjan la entrada y consumo de alimentos en sus salas podrían enfrentar una multa de hasta S/2.070.000, lo cual equivale a 450 UIT.