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Sociedad

Sunedu: ¿cuáles son las 11 universidades privadas que el Congreso pretende licenciar con nueva ley?

El Bloque Magisterial del Congreso pretende beneficiar a casas de estudios con licencia denegada por Sunedu a través de proyecto legislativo. ¿Qué se sabe de estas 11 universidades?

larepublica.pe
Sunedu: 11 universidades privadas sin fines de lucro no tienen licencia. Foto: composición LR/Sunedu | Composición LR/Sunedu

La Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu) sufrió otro golpe por parte del Congreso del Perú. En esta oportunidad, Segundo Quiroz, parlamentario del Bloque Magisterial, presentó un proyecto de ley que busca el licenciamiento de universidades con resolución denegada. En esa línea, pretende que 11 casas superiores de estudios privadas vuelvan al juego con mayores facilidades. ¿Cuáles son estas instituciones que se verían beneficiadas con la nueva ley n.° 4052?

Sunedu: congresistas del Bloque Magisterial buscan licenciamiento de universidades con resolución denegada. Foto: composición LR/Sunedu/Omar Coca/URPI-LR

Congreso: ¿cuáles son las 11 universidades privadas que pretende licenciar?

De acuerdo al documento de Sunedu, las 11 universidades privadas sin fines de lucro con licencia denegada (las 7 primeras integran la Asociación de Universidades Asociativas sin Fines de Lucro-AUF Perú) son las siguientes:

  1. Universidad Inca Garcilaso de la Vega
  2. Universidad Néstor Cáceres Velásquez (Puno)
  3. Universidad José Carlos Mariátegui (Moquegua)
  4. Universidad Peruana del Centro (Junín)
  5. Universidad Privada de Trujillo (La Libertad)
  6. Universidad Científica del Perú (Loreto)
  7. Universidad Católica Los Ángeles de Chimbote (Áncash)
  8. Universidad Particular de Chiclayo (Lambayeque)
  9. Universidad San Pedro
  10. Universidad Seminario Bíblico Andino
  11. Universidad Seminario Evangélico de Lima

Sunedu: ¿qué dice el proyecto para licenciar universidades con resolución denegada?

El proyecto de ley n.° 4052, que busca licenciar a universidades privadas sin fines de lucro con resolución denegada por Sunedu, presentando por el congresista Segundo Quiroz, con el apoyo de otros de sus compañeros del Bloque Magisterial, refiere que, en un plazo no mayor a 30 días calendario, la casa de estudios debe elaborar un plan de emergencia, para lo cual podrá solicitar el acompañamiento técnico de la Superintendencia.

"La presente ley tiene por objeto establecer de manera excepcional un plan de emergencia y un plazo extraordinario de dos años para que las universidades privadas asociativas no licenciadas diseñen y acrediten que cuentan con las condiciones básicas de calidad requeridas para su licenciamiento", se lee en el documento.