Los cableados de los servicios de electricidad y de telecomunicaciones que están en mal estado o en desuso en las zonas urbanas del país deberán ser retirados a nivel nacional.
Así lo dispone la Ley N.° 31595, publicada en el diario El Peruano y que tiene como fin promover la descontaminación ambiental que dichos objetos generan, además de garantizar la seguridad y el derecho de la población a vivir en un ambiente sano y equilibrado.
Asimismo, la norma establece que el retiro del cableado de las empresas en mal estado y en desuso se dará en un plazo no mayor a 24 meses, contados desde la entrada en vigencia del reglamento.
Cabe señalar que, el costo de estos procedimientos no serán trasladados a las tarifas pagadas por el público consumidor, según la normativa.
Ley establece retiro obligatorio de cableado aéreo en desuso en zonas urbanas. Foto: Radio Onda Azul/difusión
El incumplimiento del retiro del cableado aéreo en desuso o en mal estado será considerado “infracción muy grave” y sancionado por el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) con una multa que va entre las 5 y 20 unidades impositivas tributarias (UIT).
El Ejecutivo, en un plazo de 90 días, deberá aprobar los reglamentos de la Ley N.° 31595 y la Ley N.° 30477.
Esta norma se aplica a las zonas urbanas del país, definidas como tales en la ley que regula la ejecución de obras de servicios públicos autorizadas. Según el Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental, la ley será supervisada por la entidad de fiscalización ambiental competente.
Descontaminación. Municipios y vecinos deben hacer cumplir la norma por el bien del barrio. Foto: difusión
De acuerdo a la ley, las mismas empresas responsables de las instalaciones se encargarán de retirar los cables en mal estado y en desuso dentro de un plazo de dos años como máximo.