Cargando...
Sociedad

Dispensa electoral por no votar en elecciones: los 5 pasos para tramitarla por internet

Conoce cómo tramitar tu dispensa o justificación por no ir a votar o no ser miembro de mesa. Además, revisa en qué casos se puede solicitar.

larepublica.pe
Dispensa electoral: JNE abrió su plataforma para que ciudadanos que no votaron o no fueron miembros de mesa soliciten su justificación. Foto: composición Fabrizio Oviedo/LR/El Peruano/Andina

Desde el lunes 3 de octubre, los ciudadanos que no acudieron a votar o no cumplieron su rol de miembros de mesa en las elecciones pueden tramitar sus dispensas electorales de manera virtual ante el Jurado Nacional de Elecciones (JNE). ¿Qué debo hacer para presentar mi solicitud? Conoce en esta nota los pasos a seguir.

Cómo tramitar la dispensa electoral

  • Paso 1: ingresar a la plataforma online del JNE https://dispensavirtual.jne.gob.pe/login
  • Paso 2: colocar datos del DNI (número, código de ubigeo y grupo de votación)
  • Paso 3: completar información que el sistema solicite
  • Paso 4: subir al sistema documentos sustentatorios escaneados y en formato PDF o imagen
  • Paso 5: registrar el recibo de pago por derecho de trámite, el cual se puede realizar mediante Pagalo.pe del Banco de la Nación con el código 01465.

JNE: ¿dónde y cómo tramitar mi dispensa electoral por no acudir a votar o no ser miembro de mesa?. Foto: captura plataforma JNE

JNE: ¿en qué casos se puede tramitar la dispensa por no votar?

No pagarás una multa por no votar o no ser miembro de mesa si cumples con las siguientes razones señaladas en el Reglamento de Justificación y Dispensa Electoral:

  • Salud
  • Viajes al extranjero por estudios o salud
  • Desastres naturales
  • Robo o pérdida del DNI
  • Fallecimiento de familiar directo
  • Discapacidad física o mental
  • Prisión
  • Función electoral
  • Error en el padrón electoral
  • Grupo de riesgo ante la COVID-19 (causal que se aplica solo en estas Elecciones 2022).

Importante

Los ciudadanos registrados en el Reniec cuyo DNI consigne la condición de discapacidad y/o inscritos en el Conadis serán justificados y/o dispensados de oficio sin necesidad de realizar, personalmente, el respectivo trámite ante el JNE.