El Gobierno publicó en el diario oficial El Peruano el decreto supremo n.º 159-2021-PCM en el que modifica la clasificación epidemiológica de las regiones y provincias del país. A partir del lunes 4 de octubre hasta el lunes 17, todas las jurisdicciones pasarán al nivel de alerta sanitario moderado, lo que significa que las restricciones serán uniformes en el territorio nacional por la actual pandemia de la COVID-19.
A continuación te dejamos todas las medidas tomadas por el Gobierno. Ten en cuenta todo:
Durante este tiempo solo se consentirá el desplazamiento de personas que trabajen en salud, venta de medicinas, servicios financieros, abastecimiento de tiendas de primera necesidad, supermercados, mercados, mercados itinerantes y bodegas, servicio de restaurante para entrega a domicilio y recojo en local.
Asimismo, podrá circular el personal vinculado a la continuidad de los servicios de agua, saneamiento, energía eléctrica, gas, combustibles, telecomunicaciones y actividades conexas, limpieza y recojo de residuos sólidos, servicios funerarios, transporte de carga y mercancías y actividades conexas, actividades relacionadas con la reanudación de actividades económicas y transporte de caudales.
También se permitirá que cumplan con sus funciones durante el toque de queda los trabajadores de prensa escrita, radial o televisiva, quienes deberán portar su pase personal laboral, su credencial periodística respectiva y su DNI.
De igual modo, se autorizará el desplazamiento con vehículo particular o peatonal de aquellas personas que requieran de una atención médica urgente o de emergencia por encontrarse en grave riesgo su vida o salud; así como, para la adquisición de medicamentos y para participar en el proceso de vacunación.
Lima y Callao están incluidas entre las 100 provincias en nivel alto, mientras que Arequipa se ubica en nivel extremo. Foto: La República
Del 4 al 17 de octubre, los aforos en todo el país serán los siguientes:
Actividades en espacios cerrados:
Actividades permitidas en espacios abiertos (respetando aforo y protocolos, previa autorización de los gobiernos locales en el marco de sus competencias):
En todos los casos es obligatorio el uso de mascarilla para circular por las vías de uso público, así como el uso de doble mascarilla (una de las cuales podrá ser de tela) para el ingreso a establecimientos con riesgo de aglomeración, tales como: centros comerciales, galerías, conglomerados, tiendas por departamentos, tiendas de abastecimiento de productos básicos, supermercados, mercados, bodegas y farmacias, recomendándose el uso adicional del protector facial.
El aforo permitido para supermercados de Lima y Callao es de 60%. Foto: Manuel Berríos/La República
El mencionado decreto autoriza el uso de playas, ríos, lagos o lagunas sin generar aglomeraciones, concentraciones, ni poner en riesgo la salud de las personas.
El uso de playas sigue prohibido en Lima. Foto: La República
Ahora que todas las regiones se encuentran en riesgo moderado, se permite emplear los vehículos particulares en todo momento, a excepción del toque de queda.
Vehículos podrán movilizarse todo el domingo, a excepción del toque de queda. Foto: Carlos Contreras / La República