Este domingo 25 de julio, el Poder Ejecutivo publicó la norma que incorpora y modifica artículos de la Ley n° 30681, que regula el uso medicinal y terapéutico del cannabis y sus derivados, en el diario oficial El Peruano.
Dicha reforma, que fue impulsada por distintas bancadas, se aprobó el 15 de julio en el pleno del Congreso de la República con 100 votos a favor, 0 en contra y 4 abstenciones.
Gracias a esta ley, las personas que están inscritas en el Registro Nacional de Pacientes Usuarios del Cannabis pueden formar asociaciones y obtener una licencia para el cultivo y procesamiento de la planta con fines curativos.
“La licencia para la producción artesanal con cultivo asociativo autoriza el cultivo, procesamiento, transporte y almacenamiento de cannabis y sus derivados para fines medicinales y terapéuticos exclusivamente, para los titulares de la licencia o los indicados en ella, conforme a los requisitos establecidos por el Ministerio de Salud”, precisa la disposición.
De igual manera, se establece que el Ministerio del Interior (Mininter), a través de la Unidad Especializada de la Dirección Antidrogas de la Policía Nacional del Perú (PNP), “realiza y aprueba el protocolo de seguridad, con el objetivo de garantizar la intangibilidad física del cannabis y sus derivados para uso medicinal y terapéutico, así como del producto terminado”.
La promulgación de este edicto beneficiará a más de 50.000 personas y sus respectivas familias, que recurren a dicha planta para calmar los distintos dolores.
El uso terapéutico de los cannabinoides está legalizado a nivel nacional desde el año 2017; sin embargo, su venta y distribución estuvo limitada a un puñado de farmacias.