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Sociedad

La lucha de Marcelina Rudas por alcanzar justicia para su hija

Precedente. Tribunal Constitucional declaró inconstitucional obligatoriedad de llevar primero el apellido paterno en DNI.

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Dos años. La demanda fue presentada en enero del 2019. El fallo del TC sienta un precedente. Foto: La República

Luego de dos años de lucha, Jhojana y su madre Marcelina Rudas Valer ganaron la demanda que interpusieron contra el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil. Ahora Marcelina podrá anteponer su apellido en el DNI de su hija, antes que del padre biológico que es de nacionalidad brasileña.

A pesar de que en la partida de nacimiento de Jhojana aparece primero el apellido de Marcelina, un problema administrativo le impidió obtener su documento de identidad al cumplir la mayoría de edad. Por ello, en el 2018 ambas viajaron desde Madre de Dios a Lima para defender su derecho a la identidad. “Estamos hablando de una persona que ya tiene su vida hecha. Pedirle que cambie su nombre solo por una interpretación formalista es algo que le iba a perjudicar”, comentó a La República la excongresista Indira Huilca, quien llevó el caso a instancias judiciales.

En enero del 2019 interpusieron un hábeas corpus contra el Reniec, solicitando la inaplicación del artículo 20 del Código Civil a fin de que a Jhojana Rudas Guedes se le emita el DNI anteponiendo el apellido materno, como había sido registrada.

Pensaron se podía solucionar de manera directa con la entidad, “sin embargo, no hubo una comprensión”. Ante ello, el Ministerio Público y la Defensa Pública asumieron la defensa de Jhojana y llevaron el caso al Tribunal Constitucional (TC).

Dos años después, el Pleno del TC declaró fundada la demanda por haberse acreditado la vulneración del derecho a la identidad, así como el principio del derecho a la igualdad y no discriminación en razón al sexo en la elección de los apellidos. Además, ordenó al Reniec emitir el DNI a Jhojana con el nombre solicitado. Por otro lado, el TC exhortó al Congreso de la República a modificar el artículo 20, a fin de establecer un mecanismo ante la disconformidad de los progenitores para asignar el orden de los apellidos.

El dato

Votación. Los magistrados Marianella Ledesma (presidenta), Manuel Miranda, Carlos Ramos y Eloy Espinosa-Saldaña votaron por declarar fundada la demanda.