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Sociedad

Sunedu inicia proceso contra Universidad Garcilaso de la Vega por no suspender a rector

La casa de estudios no retiró de sus funciones a Luis Cervantes Liñan en el tiempo establecido, aseguró el organismo técnico.

larepublica.pe
Foto: Composición/La República.

La Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu) inició un nuevo Procedimiento Administrativo Sancionador contra la Universidad Inca Garcilaso de la Vega (UIGV) por no suspender, en el plazo ordenado, de sus funciones como rector a Luis Claudio Cervantes Liñán.

El organismo técnico, mediante Resolución 127-2019-SUNEDU/CD del 30 de setiembre de 2019, le ordenó suspender a Cervantes Liñan en un plazo de 5 días hábiles, sin embargo, eso no ocurrió. Esta medida fue dispuesta debido a las acusaciones que tiene en su contra por uso de activos y excedentes de la UIGV para fines distintos a los universitarios.

El 22 de enero de 2020, la universidad solicitó la inscripción de su anterior rector en el registro de datos que administra la Sunedu. Para ello, presentó una resolución de Asamblea Universitaria emitida el 17 de enero de 2020. No obstante, siete días después, la entidad declaró infundado el recurso de reconsideración presentado por la casa de estudios.

En ese sentido, el organismo decidió no reconocerlo como rector de universidad.

Por otro lado, Sunedu dio a conocer las medidas correctivas ordenadas por el Consejo Directivo, cuyo incumplimiento es materia de supervisión.

- Iniciar y culminar el proceso de vacancia del rector. Asimismo, mientras dure el proceso de vacancia, suspenderlo en sus funciones y desconocer su condición de rector.

- Evaluar la pertinencia de iniciar un proceso de despido al señor Cervantes por falta grave.

- Iniciar los procesos civiles y/o penales que correspondan para repetir contra el señor Cervantes por el daño patrimonial ocasionado a la universidad.

- Identificar a las personas que autorizaron y/o permitieron el uso de activos y excedentes materia del procedimiento; determinar su responsabilidad y, en consecuencia, declare su vacancia, despido o separación del cargo que ejerzan, según corresponda.

- Iniciar los procesos civiles y/o penales que correspondan para repetir contra quienes hayan resultado responsables del daño patrimonial ocasionado a la universidad.

- Presentar un protocolo que incluya reglas que tengan como fin minimizar los riesgos de desviación en el uso de activos y excedentes para fines universitarios y la mejora de la calidad educativa.

- Presentar lineamientos o políticas institucionales que tengan como fin establecer de manera clara y objetiva la asignación de aumentos o bonificaciones a su personal, en atención a los fines universitarios.

- Enviar mensualmente a la Dirección de Supervisión de la Sunedu copias de: (i) las planillas de los miembros de los órganos de gobierno; (ii) el Registro de Compras; y, (iii) el Libro Diario, en las que consten los gastos efectuados en el mes anterior, con cargo a sus activos y excedentes.

- Aprobar una política interna que regule procedimientos, filtros y controles en la contratación de personal que, entre otros, haya actuado en perjuicio de la universidad; y aplicarla de forma inmediata.