La Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Huaraz-Áncash, investiga al regidor de la Municipalidad Distrital de Independencia, Rafael Camilo Gonzales Caururo, por la presunta comisión de los delitos de peculado y usurpación de funciones.
Estos ilícitos penales habrían sido cometidos por dicho funcionario edil al solicitar a la Dirección Regional de Salud de Ancash-DIRESA una donación irregular de medicamentos por un valor de S/. 68,133.30, sin contar con la aprobación previa del concejo municipal ni con las facultades ejecutivas suficientes para realizar ese tipo de actividades.
La investigación fiscal, que se tramita con Carpeta Fiscal N°72-2020 ante el Cuarto Despacho de Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Huaraz-Áncash, se sustenta en el hecho que los medicamentos solicitados por el regidor Rafael Camilo Gonzales Caururo y entregados por la Dirección Regional de Salud de Áncash a la Municipalidad Distrital de Independencia para atender -supuestamente- a personas de la tercera edad de ese distrito, nunca habrían llegado a los beneficiarios.
Según el informe la conducta del funcionario edil configura el delito de Peculado, previsto y sancionado en el Artículo 387 del Código Penal vigente con pena privativa de libertad no menor de cuatro ni mayor de ocho años; por tratarse de un caso en el que un funcionario público, haciendo uso de su cargo (regidor municipal), se habría apropiado o utilizado, para sí o para otro, los medicamentos le fueron confiados en razón de ese cargo.
Del mismo modo, y según opinión de especialistas en Derecho Municipal, la conducta irregular del regidor Rafael Gonzales Caururo, al intervenir activamente- en la solicitud, aceptación y posterior devolución de un lote sobrante de medicamentos a la Dirección Regional de Salud de Áncash-DIRESA a la Municipalidad Distrital de Independencia para atender -supuestamente- a personas de la tercera edad de ese distrito, sin contar con la aprobación previa del Concejo Municipal de la Municipalidad Distrital de Independencia, habría usurpado una función exclusiva y excluyente del Concejo Municipal contemplada en el Artículo 9- Atribuciones del Concejo Municipal de la Ley Orgánica de Municipalidades.