Arequipa. El artículo 6 del Decreto Supremo Nº 011, que permite la suspensión perfecta de labores de las empresas a nivel nacional, indica que deben presentar sus solicitudes como máximo 24 horas después de haber comunicado la medida a sus trabajadores. De acuerdo a eso, el gerente regional de Trabajo, José Luis Carpio Quintana, indicó que al menos el 50% no cumplió ese requisito. Por esto su solicitud podría ser declarada improcedente.
Carpio explicó que hicieron una revisión rápida para ver si acataban los requisitos mínimos. De las 1292 que se presentaron ayer por la tarde, más de la mitad no habría tomado en cuenta el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 011.
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El funcionario indicó que el error fue solo de las empresas. Esto porque muchas se apresuraron a realizar la suspensión perfecta de labores sin esperar a que se publique el reglamento.
“Las que presentaron entre el 15 y 21 de abril casi todas tienen muchas cosas que subsanar. Hemos devuelto los expedientes para que reparen el error o decidan no continuar. El plazo vence hoy (ayer)”, agregó Carpio.