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Sociedad

Comas: nueve meses de prisión preventiva para sujeto que golpeó a policía durante el toque de queda

Se trata de la primera prisión preventiva dictada en contra de un infractor de la orden de inmovilización social durante el estado de emergencia.

larepublica.pe
Investigado podría afrontar una pena de hasta 12 de cárcel por causar lesiones a un policía durante el cumplimiento de sus funciones. (Foto: Corte de Justicia de Lima Norte)

El Poder Judicial de Lima Norte ordenó nueve meses de prisión preventiva para David Arnold Díaz Rodríguez, acusado de golpear a un policía que lo arrestó por vulnerar la orden de inmovilización social.

A las 10:15 de la noche del 26 de marzo, el suboficial PNP Sadler Caman Farge intervino al acusado, que se encontraba caminando por la avenida Andrés Avelino Cáceres, en el distrito de Comas, pese a la restricción para circular libremente desde las 8 de la noche hasta las 5 de la mañana, establecido en el Decreto Supremo 046-2020-PCM.

El sujeto, quien dijo que iba a comprar cigarros, no contaba con su documento de identidad, ni con autorización para el libre tránsito, por lo que fue conducido hacia la comisaría de La Pascana.

Una vez en la dependencia policial, el hombre se resistió a ingresar a la sección de detenidos y en su intento por huir, agredió en el rostro al suboficial Caman Farge, causándole una profusa hemorragia en la zona nasal.

El Octavo Juzgado de Investigación Preparatoria de la Corte de Lima Norte, a cargo del magistrado Valery Raúl Romero Palacios, declaró fundado el requerimiento de prisión preventiva presentada por el Ministerio Público, al considerar probados los elementos de convicción. Asimismo, se constató el peligro procesal que existe en el caso y la falta de arraigo del investigado.

Durante la audiencia, que se llevó a cabo a través de Google Hangouts Meet, se explicó que, según el artículo 366 del Código Penal, la violencia contra la autoridad para impedir el ejercicio de sus funciones, se reprime con pena privativa de libertad no menor de dos años ni mayor de cuatro años, o con prestación de servicio comunitario de ochenta a ciento cuarenta jornadas.

Además, en el artículo 367 existen agravantes, por ejemplo, cuando el autor causa una lesión grave que haya podido prever; y el hecho se realiza en contra de un miembro de la Policía Nacional o de las Fuerzas Armadas, en el ejercicio de sus funciones, la pena privativa de libertad será no menor de ocho ni mayor de doce años.

“El accionar del investigado demuestra un claro desafío hacia la administración pública y un desprecio hacia la integridad física del efectivo policial que lo custodiaba, por lo que es necesario que los operadores del sistema de justicia penal adoptemos medidas sistémicas para neutralizar en mayor medida los episodios de violencia en agravio de nuestros efectivos policiales y miembros de las Fuerzas Armadas en este rol importantísimo que vienen asumiendo en el estado de emergencia que vive nuestro país, con el objeto de empoderar y fortalecer el principio de autoridad”, indicó el magistrado Romero.

El juzgado dispuso al INPE ejecutar el internamiento de Díaz Rodríguez en un establecimiento penitenciario, lo cual se materializará en las próximas horas.