Octubre trae más de un feriado. Esto luego de que se decretara que el jueves 31 de octubre, Día de la canción criolla, será un día no laborable, tanto en el sector privado y público.
La medida oficializada en el Decreto Supremo Nº 002-2019-PCM publicado en enero de este año, en el diario El Peruano tiene como objetivo impulsar el turismo interno y los viajes a regiones del país.
Debido a que el viernes 1 de noviembre, Día de todos los santos, también es festivo por lo que forma un feriado largo, que puede ser aprovechado para descansar o hacer visitas a diversas partes del país.
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Esta iniciativa está firmada por el presidente de la República, Martín Vizcarra, y por los ministros de Trabajo y Turismo.
Pero, ¿qué debemos tener en cuenta?
Si laboras en una entidad pública, cuyos servicios sean indispensables para la sociedad, “los titulares de las entidades del sector público adoptarán las medidas necesarias para garantizar la provisión” de dichos servicios.
Asimismo, si trabajas en una entidad privada la empresa no está obligada a que ese día sea no laborable, sin embargo, en caso lleguen a un acuerdo se deberá recompensar las horas no laboradas.
“Las entidades y empresas sujetas al régimen laboral de la actividad privada que realizan servicios sanitarios y de salubridad, limpieza y saneamiento, electricidad, agua, desagüe, gas y combustible, sepelios, comunicaciones y telecomunicaciones, transporte, puertos, aeropuertos, seguridad, custodia, vigilancia, y traslado de valores y expendio de víveres y alimentos; están facultadas para determinar los puestos de trabajo que están excluidos de los días no laborables declarados por el artículo 1 del presente Decreto Supremo, y los trabajadores respectivos que continuarán laborando, a fin de garantizar los servicios a la comunidad”, se lee en el documento.