Regulación. Municipalidad de La Victoria aprobó este lunes una nueva ordenanza que autoriza el ejercicio del comercio ambulatorio en espacios públicos del distrito. Eso sí, con restricciones para garantizar la tranquilidad e integridad de los vecinos y que no se afecte las vías de circulación peatonal y vehicular.
La normativa establece que el proceso de formalización del comercio ambulatorio “se desarrolle a través de mecanismos de desarrollo económico establecidos en programas concertados que involucren criterios de Planificación Urbana sostenible y de Seguridad Ciudadana”.
También se establecen zonas rígidas o prohibidas para el comercio ambulatorio, de conformidad a lo previsto en las Ordenanza Metropolitana N° 325/MLV.
A. Puertas de ingreso de establecimientos
1) Públicos y privados como hospitales, centros de salud, comisarías, farmacias, universidades, institutos, centros educativos, iglesias, parroquias, entidades financieras, restaurantes, hoteles, tiendas y conjuntos residenciales de vivienda.
2) Centros comerciales y/o mercados mayoristas y minoristas.
3) Palacio Municipal y locales municipales.
B. Vías públicas
Las previstas en el Cuadro Técnico que consta en el Anexo 1 que forma parte de la ordenanza.
C-Bienes culturales
En todo el perímetro de las zonas arqueológicas del distrito y edificios conexos.
D. Parques del distrito
Al interior de las áreas verdes.
La Municipalidad de La Victoria brindará asesoría a los comerciantes ambulatorias a través de la Subgerencia de Comercio Informal y Mercados.
Además, los trabajadores deberán tener dirigentes, quienes garantizarán el control estricto del espacio físico asignado a cada uno de los comerciantes y el horario establecido.
Todos quienes quieran ejercer el comercio ambulatorio deben poseer un módulo en horario y espacio determinados por la Municipalidad de La Victoria.
Además, deben mantener limpio el espacio público autorizado en un radio no menor de 2 metros a la redonda. Y su módulo debe contar con un tacho.
También se les exige a los comerciantes mantener una adecuada higiene personal y vestir mandil o uniforme designado por la comuna.
Así, la formalización del comercio ambulatorio se consolida como una realidad ya cercana y serán las gerencias de Fiscalización y Desarrollo Económico, junto a la subgerencia de Comercio Informal y Mercados las responsables de la ejecución de la medida.