Sigue el suspenso. Magistrado planteó declarar infundada la demanda del colectivo Padres en Acción (PEA) en cuanto no se incluya ese término. Según el ministro Daniel Alfaro, se necesitará un nuevo juez dirimente. PEA responde que el fallo los favorece.,Juez Cartolín a favor del currículo, pero sin “identidad de género”,Un mes después de escuchar los argumentos del Ministerio de Educación (Minedu) y del colectivo Padres en Acción (PEA) a favor y en contra del enfoque de género en el currículo escolar, respectivamente, ayer se conoció la posición del juez supremo Pedro Cartolín Pastor, llamado a dirimir en este polémico caso. Cartolín Pastor declaró infundada la demanda promovida por el colectivo PEA, siempre y cuando no se incluya el término "identidad de género". PUEDES VER Congresista Rosas llama “promotor de la ideología de género” al ministro de Educación [VIDEO] Según un documento publicado hasta ayer por la mañana en el portal del Poder Judicial (PJ), el juez señala que el currículo es constitucional y legal en cuanto se interprete que incorpora políticas públicas basadas en el enfoque de género (equidad e igualdad de género), y que se da en marco de leyes como la Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres, así como el Plan Nacional de Igualdad de Género, "que no incluyen el término de identidad de género". Este vocal fue invitado al proceso luego de que los cinco magistrados de la Sala de Derecho Constitucional y Social Permanente emitieron sus votos sobre las apelaciones planteadas en setiembre pasado por el Minedu y PEA en torno a este caso, pero ninguna posición obtuvo la mayoría necesaria (cuatro votos) para elaborar una resolución final. Es así que Cartolín Pastor (el sexto juez) debía dirimir la votación, pero luego de emitir una sentencia interpretativa, según el colectivo PEA y Promsex, aún se no alcanzaría la mayoría necesaria y el proceso quedaría con un 2-2-1-1: dos magistrados declararon fundada en parte la demanda de PEA en contra del currículo; otros dos, infundada; uno infundada con sentencia interpretativa, y ahora este magistrado que también la declaró infundada pero con una sentencia interpretativa distinta a la anterior. El otro voto singular (interpretativo) es de la jueza Silvia Rueda Fernández, quien planteó que se declare infundada la demanda en cuanto se interprete lo que establece el enfoque de género como que "el sexo biológico masculino y/o femenino se determina al nacer, y la identidad de género es la que se construye, pudiendo coincidir o no con el sexo biológico". Minedu se pronuncia El ministro de Educación, Daniel Alfaro, consideró que esta sentencia resulta positiva ya que declara infundada la demanda y plantea que el enfoque de género se interprete en el marco de leyes que buscan reducir los estereotipos y la desigualdad. "La posición de Cartolín podría sumarse a las otras dos a favor del Minedu o tomarse como una nueva interpretación. Esperamos que esta semana nos llegue la resolución", señaló Alfaro, quien dijo que se requerirá la decisión de un nuevo juez dirimente. Para el colectivo Padres en Acción, esta votación también resulta favorable a sus objetivos. "Aunque declaren infundada nuestra demanda, nos da la razón en el sentido de que no debe haber identidad de género, sino igualdad de oportunidades", señala Rodolfo Cotrina, de PEA. PUEDES VER Aprueban ley para promover la ejecución del gasto público en diversas inversiones a nivel nacional Cuestionamientos La representante de Promsex, Brenda Álvarez, calificó de "cuestionable" la votación de Cartolín, de quien esperaba que se adhiera a los votos existentes para no extender el proceso. "El juez indicaría que la identidad de género no es una categoría protegida y que su reconocimiento está supeditado a los adultos, no a menores. Tampoco puede ser incorporado en políticas educativas. Desconoce los estándares internacionales". Y es que según la argumentación de Cartolín, cuyo documento fue despublicado ayer por la tarde del portal del PJ, "a diferencia de términos como equidad, igualdad y enfoque de género, el concepto identidad de género no ha sido adoptado por el Estado dentro de la política pública de transversalización del enfoque de género en materia educativa". Hay que recordar que, hasta que la Corte Suprema emita un fallo, permanece suprimido un párrafo del capítulo II del currículo: "Si bien aquello que consideramos 'femenino' o 'masculino' se basa en una diferencia biológica-sexual, estas son nociones que vamos construyendo día a día en nuestras interacciones". Se esperan novedades en los próximos días. Claves - Afectación. Alfaro precisó que el currículo aún no puede imprimirse. "Realizamos capacitaciones, pero sin el extremo referido a enfoque de género". Pidió que se acelere la emisión del fallo. - Documento. El voto de Cartolín, que por la mañana fue publicado en el portal del PJ, fue retirado en la tarde.