La revocación por mandato judicial de la colaboración eficaz de Jorge Barata, no afectará el proceso que se le sigue a Keiko Fujimori y a otros implicados, porque la fiscalía cuenta con las declaraciones por escrito y video del exrepresentante de Odebrecht que rindió ante las autoridades y la defensa de los acusados, afirmó el coordinador del Equipo Especial del Caso Lava Jato, el fiscal superior Rafael Vela.
“Cuando la persona durante la etapa de investigación ha formulado sus declaraciones, y por algunas circunstancias no puede declarar o no declara bajo cualquier tipo de justificación o argumentación, la ley procesal penal dice claramente que esas declaraciones serán leídas en el juicio. ¿Y por qué razón? Jorge Barata ha ofrecido manifestaciones en presencia de los abogados de Keiko Fujimori y de los demás investigados en Brasil mediante el sistema de cooperación internacional. Es decir, Barata ya ha sido interrogado por los abogados de Keiko Fujimori y de los demás acusados. Ya le han planteado las preguntas que tuvieron que hacerle en su oportunidad”, respondió Vela, consultado por La República.
Por negarse a declarar en el proceso que se sigue contra el expresidente Ollanta Humala y su esposa Nadine Heredia, el Quinto Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional dispuso revocar el acuerdo de colaboración con Jorge Barata, cuya empresa aportó US$3 millones a la campaña del exjefe de Estado. Esta decisión judicial implica por el momento que Barata no estará presente en las audiencias del llamado “Caso Cócteles” contra Keiko Fujimori y más de 40 acusados.
“La única afectación sería que los jueces directamente no lo van a escuchar (a Barata), pero si van a poder leer sus declaraciones, las que se hicieron con todas las garantías del debido proceso en Brasil, en las que participaron incluso los abogados peruanos y brasileños de Keiko Fujimori y de los demás investigados. Los jueces harán sus valoraciones después de la lectura de los documentos que contienen las declaraciones”, precisó Vela.
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Preguntado si no era necesaria la presencia de Jorge Barata, el jefe del Equipo Especial Lava Jato manifestó a La República: “No es necesaria. Se proyecta el audio y video y se leen sus declaraciones en el desarrollo del juicio. La valoración que se le da tiene que ver con un criterio que se llama valoración conjunta de la prueba. Lo que sucede es que normalmente los testigos van a las audiencias del juicio para volver a ser interrogados y para que los jueces encuentren, mediante el principio de oralidad, la entrega de la información directa. Pero no quiere decir que no la pueden recibir mediante documentos”.
El martes dos de julio, el fiscal del caso, José Domingo Pérez, al presentar el caso ante el tribunal, mencionó que el brasileño Jorge Barata se haría presente para testificar la entrega de dinero de origen ilícito a las campañas presidenciales de Keiko Fujimori. Pero el miércoles en la noche circuló la decisión judicial de revocar la colaboración eficaz al exrepresentante de Odebrecht.
“Se hizo el anuncio (de la presencia de Barata) porque no habíamos sido notificados de la decisión del Poder Judicial de revocar sus beneficios. Cuando el fiscal José Domingo Pérez hizo la presentación de su caso -que se llama alegatos de apertura-, nosotros no teníamos conocimiento de la decisión del Poder Judicial. Recién se hizo la notificación cuando se había culminado la presentación. Hasta ese momento Jorge Barata tenía la condición de colaborador eficaz y tenía la obligación de asistir de acuerdo a la conformidad de colaborador eficaz”, señaló Rafael Vela.
“Hay un artículo expreso en el Código Procesal Penal que indica que, por alguna razón el testigo no acude al juicio, pero ha declarado en la etapa de la investigación, sus declaraciones serán leídas en el juicio”, añadió.
Las manifestaciones de Jorge Barata serán presentadas en documentos y videos cuando las formuló ante las autoridades durante el periodo de investigación.
El coordinador del Equipo Especial Lava Jato también precisó que lo manifestado por Jorge Barata no es la única pieza probatoria del caso sino que existen otras más que son complementarias.
“Ninguna prueba por sí sola es suficiente. Todas las pruebas se valoran de forma conjunta. Es decir, con otras pruebas testimoniales o documentales que se presentan en el juicio. Y en este caso hay abundantes pruebas de la comisión de los delitos que no solamente están incluidas en el acuerdo de colaboración eficaz con la empresa Odebrecht o con Jorge Barata”, adelantó Rafael Vela.
“Esas pruebas que menciono tienen que ver con otros colaboradores eficaces, que ya han sido controlados por el Poder Judicial. Hay múltiples sentencias de colaboración eficaz en este mismo caso que también se van a presentar en el juicio. Además, se cuenta con nuevas pruebas que se pueden presentar porque en su momento no se pudieron elevar al juez de investigación preparatoria. No dependemos solo de las declaraciones de Jorge Barata. Hay otras pruebas que se van a presentar relacionadas con la cooperación internacional con Suiza y con los Estados Unidos”, resaltó.
Respecto a si la revocatoria judicial de la colaboración eficaz de Jorge Barata alcanzaba también a la constructora Odebrecht, el fiscal superior Rafael Vela señaló que eran dos situaciones diferentes.
“No, porque el incumplimiento ha sido expresamente de Jorge Barata. No ha habido un incumplimiento de la empresa Odebrecht. La empresa en todo momento ha facilitado lo necesario para que Barata declare. La decisión de no declarar ha sido exclusivamente responsabilidad de Jorge Barata y así lo ha hecho saber también la empresa Odebrecht. En la medida de que Odebrecht siga colaborando y no haya incumplido con sus reglas de conducta establecidas dentro del acuerdo aprobado por el Poder Judicial, entonces no podría haber una responsabilidad en base a lo que decidió Jorge Barata”, anotó Vela.
El fiscal Rafael Vela analizó los alcances del mandato judicial que revocó la colaboración eficaz de Jorge Barata.
“Lo que ha dicho claramente el Poder Judicial es que Barata no tenía ninguna justificación para no declarar en el caso. Incluso resuelve claramente que los fallos en el Brasil no son una justificación, ni son vinculantes, para el sistema de justicia en el Perú”, amplió.
“Barata se obligó a un acuerdo de colaboración eficaz y a todo aquello que contenía de forma voluntaria, según las leyes peruanas y a través del control de legalidad de un juez en el Perú, con todo lo que ha correspondido en el debido proceso. Por lo tanto, él no puede tener ninguna justificación legal por dejar de presentar su testimonio conforme fue requerido por el Poder Judicial del Perú”, indicó.
“Lo que ha incumplido Jorge Barata es un mandato judicial por esa razón es que se solicitó su revocatoria. El Poder Judicial le da la razón al pedido que formuló el fiscal José Domingo Pérez”, concluyó Rafael Vela.