El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos informó a la ciudadanía que el pedido de indulto para el líder etnocacerista Antauro Humala fue declarado improcedente en febrero de este año, debido a que el cabecilla del ‘Andahuaylazo’ no recoge los requisitos necesarios para ser favorecido con el referido beneficio penitenciario.
Mediante un comunicado, la cartera de Justicia precisó que se desestimó la solicitud para que Humala Tasso sea liberado porque este no cumplía con los supuestos establecidos en el Decreto Supremo N° 004-2020-JUS, que regula la recomendación y procedencia de las gracias presidenciales.
“Se observó además de la sentencia condenatoria y del certificado de antecedentes judiciales a nivel nacional, que el interno en mención fue condenado por secuestro, delito que tiene prohibición legal, mediante una norma que establece la improcedencia del indulto y conmutación de la pena para los condenados por el referido delito”, se lee en el texto.
“En ese sentido, el expediente no cumplía con los supuestos ni las condiciones de un indulto común, por lo cual la Comisión de Gracias Presidenciales declaró su archivo por improcedencia”, adicionan.
Caso. El Año Nuevo 2005, Antauro Humala y etnocaceristas atacaron comisaría de Andahuaylas. Foto: EFE
El jueves 14, el titular de Justicia, Félix Chero, había afirmado que el pedido de conmutación de pena, requerido por Humala, era analizado por su sector.
“Eso está en proceso de evaluación. Conocemos que ha solicitado un beneficio penitenciario, creo que de conmutación de pena; estoy pidiendo el informe y la comisión está evaluando la pertinencia de esa solicitud”, dijo Chero en entrevista con TV Perú.
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De otro lado, el 8 de abril la Defensoría del Pueblo se pronunció sobre las decisiones realizadas por el Instituto Nacional Penitenciario (INPE) al otorgar la salida preferente a Antauro Humala, quien recibió una condena de 25 años por los delitos relacionadas al caso Andahuaylazo.
“Pedimos al INPE evitar la utilización del beneficio penitenciario de salida de manera preferente y discriminatoria. Se ha concedido este permiso solo al Sr. Antauro Humala hasta en tres oportunidades y ninguna a los más de 80.000 internos. Si bien este beneficio está previsto en el Código de Ejecución Penal, en la práctica es casi nulo en situaciones de fallecimiento de familiares de internos”, indicó la Defensoría.
Insiste. Antauro Humala tiene otro pedido ante el INPE: redención de parte de la pena por trabajo o estudios en prisión, algo distinto en trámites y requisitos al indulto. Le queda un año y 10 meses para salir de prisión, en enero del 2024.