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Política

Grandes empresas deben pagar tributos al igual que los pequeños

Sentencia. Por 4-2, magistrados del TC rechazaron demanda del Colegio de Abogados de La Libertad que iba a impedir a la Sunat cobrar deudas por 9.256 millones de soles. Todos deben pagar.

Las empresas deberán pagar sus tributos en los plazos que establece la Sunat, con lo cual el Estado no pierde la oportunidad de cobrar deudas tributarias por 9.256 millones de soles a 158 empresas nacionales y trasnacionales.

Este es el resultado del debate y la votación que realizaron este martes, en una audiencia virtual pública, los magistrados del Tribunal Constitucional. Con la votación 4-2, los magistrados rechazaron la demanda de inconstitucionalidad presentada en febrero del 2019 por el Colegio de Abogados de La Libertad contra el Decreto Legislativo 1421, del año 2017.

“Mi posición es que se declare infundada la demanda de inconstitucionalidad y como consecuencia de ello es que estas grandes empresas paguen sus impuestos al igual que lo hacen todos los contribuyentes de este país sin ninguna distinción”, expresó la presidenta del TC, Marianella Ledesma, al emitir el voto definitivo.

Anotó que no tenía “la mínima duda de que la primera disposición complementaria transitoria del Decreto Legislativo 1421 que hoy estamos controlando en este proceso es plenamente compatible con la Constitución”.

Marianella Ledesma voto en contra jutno a tres magistrados más. Foto: Captura de video TC.

Por las empresas

La demanda, presentada con la asesoría de una “boutique” de abogados de Lima, pretendía que se declare que el Estado solo dispone de cuatro años para determinar y poder cobrar una deuda tributaria.

Alegaban que el mencionado decreto que precisaba que el plazo del tiempo para cobrar se contaba a partir de que se determine la norma excedía las facultades delegadas que el Congreso otorgó al Gobierno el año 2017 y que, además, era retroactivo.

Esto iba a generar que el Estado deje de reclamar el cobro de deudas tributarias por 9,256 millones 970,935 soles a 158 empresas nacionales y trasnacionales, como Odebrecht, Graña y Montero, Latam Airlines, minas Buenaventura, Telefónica del Perú, Scotiabank, Interbank, entre otras.

La audiencia virtual se inició con una declaración de la presidenta del Tribunal Constitucional sobre la transparencia en las decisiones del máximo intérprete de la Constitución.

"Solo quien no tiene nada que ocultar y se encuentra tranquilo con su conciencia y principios está dispuesto a transparentar su accionar y pensamiento frente a la ciudadanía, con independencia y autonomía ", dijo.

También anunció que por mayoría se había aceptado la inhibición del magistrado José Luis Sardón para participar en este debate. El hermano de Sardón trabaja en el Scotiabank por lo que al generarse un probable conflicto de interés, dejó que sus colegas decidieran lo que correspondiera.

La votación por la inhibición concluyó 3-3 por lo que Ledesma, como presidenta, tuvo que votar por el desempate y Sardón quedó fuera de la discusión.

El debate

El magistrado ponente Ernesto Blume establecía que el Congreso no otorgó facultades específicas al Ejecutivo para legislar en materia tributaria, por lo que el mencionado decreto era inconstitucional por su forma.

TC podría pronunciarse sobre pedido de demanda competencial después de las elecciones del 26 de enero. Foto: La República-

Además, señalaba que era retroactivo pues suponía revivir deudas que ya habían prescrito o caducado, al establecer un plazo diferente para determinar una deuda y otro para cobrarla.

Luego de la exposición de Blume, intervinieron los magistrados Eloy Espinosa-Saldaña, Carlos Ramos y Manuel Miranda Canales. Los tres se manifestaron en contra de la demanda de inconstitucionalidad.

Espinosa-Saldaña aclaró que la diferencia de plazos se había establecido el año 2012 y que el Decreto Legislativo del 2017 solo anulaba un precedente del Tribunal Fiscal que había pretendido establecer un solo plazo.

A su turno, Carlos Ramos anunció un voto singular en el que pedirá al Congreso no excederse en la delegación de facultades, pero que también consideraba que el Gobierno sí estaba facultado para anular el precedente del Tribunal Fiscal.

Miranda Canales también coincidió en señalar que el Decreto Legislativo no trasgredía la Constitución, con lo cual se llegó a tres votos en contra de la demanda. Eso ya hacía imposible que se declare la inconstitucionalidad del Decreto Legislativo 1421, pues participaban seis magistrados y se requieren cinco votos para declarar la inconstitucionalidad de una norma.

El magistrado Augusto Ferrero puso la votación 3-2. Recordó que si bien el Congreso había declarado la validez del Decreto Legislativo 1421, eso no impedía su control por parte del órgano constitucional. Dicho esto, insistió en que el Gobierno no tenía facultades para legislar en materia tributaria.

La última en intervenir fue la presidenta del TC. Ledesma comenzó anunciado que también votaba en contra de la demanda de inconstitucionalidad porque había el deber de que todos los ciudadanos paguen sus impuestos en los plazos que fija la ley.

Con esto, la votación quedó 4-2 en contra de la demanda de inconstitucionalidad y el Decreto Legislativo 1421 permanece vigente. La SUNAT puede seguir con las cobranzas. Si la norma era declarada inconstitucional, 16 empresas ya habían pedido la prescripción de sus deudas por 3.209 millones de soles.

Landa

Aclaración. El jurista César Landa informó al TC que los demandantes habían utilizado sin su conocimiento un informe que elaboró el 2018 para un Instituto de Derechos Tributario, y no tenía que ver con la demanda. Ante su pedido, el informe fue retirado y no se mencionará en la sentencia.

Democratizar la tributación

Enfoque por Fernando J. Loayza Jordán, profesor de Derecho en la UP y PUCP

Determinar cuánta carga tributaria debemos asumir como ciudadanos será siempre motivo de controversia porque la tributación surge de la colisión entre el derecho a la propiedad y el deber que todos tenemos de sostener las funciones del Estado.

Sin embargo, no es un precio que debemos pagar ciegamente. Una tributación democrática no implica la simple cesión de nuestra propiedad, sino también que seamos parte de las decisiones que determinan cuánto cedemos, bajo qué criterios y para qué se usarán esos recursos.

Esto está lejos de pasar. La desconfianza en el Congreso ha generado que la ciudadanía permita que las facultades de legislar en materia tributaria pasen al MEF. El resultado es que la ciudadanía se siente ajena a cómo funciona el sistema tributario y que se emitan normas con errores.

Es un tema profundamente político. Pero creo que no podemos seguir promulgando normas tributarias a espaldas de la ciudadanía. Debemos democratizar la forma en la que se aprueban normas tributarias. No más tributos sin participación y control democrático.

26 empresas sunat

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