Hace 65 años, el 18 de agosto de 1952, el Perú, Chile y Ecuador firmaron la Declaración de Santiago para proteger sus mares, ricos en especies, como el atún, de flotas pesqueras de potencias mundiales que entonces las depredaban impunemente. La relectura de tan importante instrumento trinacional, después de ejecutado el fallo de la CIJ, resulta sorprendente. No se trata de una Declaración para disputarse nada, ni de buscar con lupa si dice o no límite marítimo. Al contrario, es la concreción de una importante alianza entre tres países y, a posteriori, la pica en Flandes del nuevo derecho del mar, protector de los recursos marinos hasta las 200 millas de las costas de naciones que, de otro modo, sufrirían la depredación indiscriminada de sus recursos marinos. ¿Cómo se llegó a su firma? Para el caso del Perú y Chile, la razón estriba en la suscripción del Tratado de Lima de 1929, que solucionó definitivamente la cuestión de Tacna y Arica e inició una etapa de cordialidad binacional. En las décadas siguientes, los frutos de la integración se multiplicaron. En 1947, los presidentes Gonzales Videla de Chile, y Bustamante y Rivero del Perú lanzaron la tesis de las 200 millas marinas y en 1952 firmamos, con la participación de Ecuador, la Declaración de Santiago. Sus párrafos introductorios adoptan la “obligación de asegurar a sus pueblos las necesarias condiciones de subsistencia y de procurarles los medios para su desarrollo económico”. Seguidamente se decreta “impedir que una explotación de dichos bienes (…) ponga en peligro la existencia, integridad y conservación de esas riquezas en perjuicio de los pueblos”. La Declaración de Santiago se aplicó en noviembre de 1954 cuando la flota atunera de Aristóteles Onassis invadió el mar de Grau y fue capturada por La Marina de Guerra. De poco sirvió la presión internacional de las legaciones diplomáticas de Gran Bretaña y Estados Unidos. El Perú, alentado por sus aliados, se mantuvo firme y Onassis tuvo que desembolsar tres millones de dólares para recuperar sus naves. El precedente estaba sentado: las 200 millas eran una realidad fáctica impuesta al mundo por el Perú: ahora había que legislarla. Para lograrlo hubo que esperar treinta años, hasta 1982 en que se firmó la Convención del Mar. Convemar recogió lo sustancial de la Declaración de Santiago, la que establece que “la jurisdicción y soberanía exclusivas sobre la zona marítima indicada, incluye también la soberanía y jurisdicción exclusivas sobre el suelo y subsuelo que a ella corresponde”. Sin embargo, existe una diferencia a considerar. Convemar flexibilizó el concepto de soberanía adecuándolo a la realidad del entonces próximo siglo XXI, por ello denominó zona económica exclusiva a las 200 millas marinas y no mar territorial. Al respecto, habiendo nuestros vecinos firmantes de la Declaración de Santiago suscrito Convemar, no parece pertinente que el Perú se niegue aún a hacerlo, aferrándose a un concepto de soberanía reñido con los tiempos de la globalización. En todo caso, sirva la ocasión para recordar que Perú, Chile y Ecuador, juntos, establecieron los derroteros fundamentales del moderno derecho del mar un 18 de agosto de 1952. Ojalá y los textos escolares se ocupasen de difundir este acontecimiento que nos acerca, para así comprender de otra manera el significado de la vecindad entre Estados soberanos.