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Las excepciones al imperio de la ley

El uso legítimo de la fuerza requiere un marco legal íntegro, y ese es precisamente el que Fuerza Popular y aliados han ido erosionando.

Editorial
Editorial de hoy

La idea por la que se concibe a los estados modernos concentran en sí la prerrogativa de que tienen el monopolio de la fuerza legítima. Ese principio le impone al poder público el deber de actuar dentro de un entramado jurídico que prevenga la tiranía y garantice los derechos de los ciudadanos. En ningún momento le otorga la posibilidad de proceder sin límites.

La presidenta Keiko Fujimori recurrió a ese concepto en una columna reciente en la que anunció el uso de “la fuerza de la ley, la fuerza de la Constitución, la fuerza del orden.” La formulación, sin contexto, es correcta en sus términos. El mandato de garantizar la seguridad ciudadana dentro de los cauces legales pertenece al núcleo del Estado de derecho.

Ese mandato, sin embargo, depende de que el andamiaje normativo que lo sustenta sea coherente. Y en el Perú ese no ha sido el caso.

El Congreso ha aprobado en los últimos años una serie de normas que han reducido la capacidad del Estado para perseguir el crimen y ha reinterpretado leyes vigentes para limitar su alcance punitivo. La contradicción más visible se encuentra en la Ley 32107, que prescribe los delitos de lesa humanidad cometidos antes de una fecha determinada. Aunque no es la única.

La presidenta invoca la fuerza de la Constitución, pero esas normas, aprobadas con el respaldo del bloque que hoy tiene una porción muy importante en el Senado, contradicen los estándares internacionales que la propia Carta Política incorpora para la protección de los derechos humanos.

La misma lógica se repite en el recurso a las “interpretaciones auténticas” por las cuales han logrado dichas aprobaciones. Ese mecanismo ha sido usado por la mayoría congresal para redefinir el sentido de las leyes al margen del propio orden jurídico interno.

En ese sentido, vale la pena recordar a la presidencia y a las autoridades públicas que la legitimidad de la potestad estatal no es un atributo absoluto sino que tiene sentido en tanto es resultado del cuerpo de leyes que la regula. Y, para pesar de los peruanos y la urgencia que necesitan para atender a sus necesidades imperantes como la mitigación del Fenómeno El Niño y la criminalidad, no es lo que ocurre.

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