El IFE Laboral de agosto 2022 empezó a entregarse este viernes 5 a miles de trabajadores en Chile. El subsidio, que otorga entre 100.000 y 300.000 pesos, busca promover la formalización del trabajo, especialmente luego de las cuarentenas por la COVID-19, cuando varias personas quedaron desempleadas o recurrieron a puestos informales.
La entidad encargada de pagar este beneficio es el Servicio de Capacitación y Empleo (Sence). El plazo de postulación terminaba originalmente en septiembre, pero fue extendido recientemente hasta diciembre gracias al plan Chile Apoya y sus nuevas ayudas. Revisa a continuación con tu RUT si eres beneficiario del IFE Laboral y cuándo será el pago.
¿Cuándo pagan el IFE Laboral de agosto?
El IFE Laboral de agosto 2022 se empezó a pagar este viernes 5. Cada nuevo pago se entrega en el 5 de cada mes. Estas son las personas habilitadas para recibir el subsidio en esta ocasión:
- Postulantes de abril: último pago del IFE Laboral
- Postulantes de mayo: segundo pago del IFE Laboral
- Postulantes de junio: primer pago del IFE Laboral.
¿Cuántos pagos recibiré del IFE Laboral?
Quienes postulen hasta octubre de 2022 obtendrán tres pagos mensuales consecutivos del IFE Laboral, mientras que aquellos que lo hagan en noviembre recibirán dos y quienes se inscriban en diciembre cobrarán uno.
IFE Laboral de agosto: ¿cómo saber si soy beneficiario?
Para consultar si te corresponde recibir el IFE Laboral de agosto 2022, sigue estos pasos:
- Ingresa al siguiente LINK
- Inicia sesión con tu RUT y Clave Única
- Haz clic en tu cuenta y luego en ir a tu cuenta
- Selecciona la opción ver detalle e historial de cambios
- En la parte inferior podrás comprobar si recibiste el pago.
Plataforma de consulta del IFE Laboral. Foto: captura IPS
IFE Laboral: ¿cuánto dinero paga este beneficio?
Estos son los montos que entrega el IFE Laboral 2022 en agosto:
- Hombres mayores de 24 y menores de 55 años: 50% de su Remuneración Bruta Mensual imponible, con tope de 200.000 pesos mensuales.
- Mujeres, jóvenes entre 18 y 24 años, hombres mayores de 55 años, personas con discapacidad debidamente certificada y asignatarios de pensión de invalidez: 60% de su Remuneración Bruta Mensual imponible, con tope de 250.000 pesos mensuales.
Quienes se inscriban al IFE Laboral en el mes de agosto recibirán los siguientes montos a partir de octubre:
- Hombres mayores de 24 y menores de 55 años: 25% de su Remuneración Bruta Mensual imponible, con tope de 100.000 pesos mensuales.
- Mujeres, jóvenes entre 18 y 24 años, hombres mayores de 55 años, personas con discapacidad debidamente certificada y asignatarios de pensión de invalidez: 60% de su Remuneración Bruta Mensual imponible, con tope de 300.000 pesos mensuales.
Requisitos del IFE Laboral
Para postular al IFE Laboral este mes de agosto, debes cumplir los siguientes requisitos:
- Tener un nuevo contrato de trabajo (durante el mes en curso a la postulación). Para esto, Sence revisará que no registres cotizaciones de pensión o salud en los tres meses previos por el mismo empleador por el que postulas a este beneficio.
- Tener una remuneración mensual bruta imponible menor o igual a tres ingresos mínimos mensuales (1 200 000 pesos).
- Haber estado cesante durante todo el mes anterior al inicio del nuevo contrato de trabajo. Para esto, Sence verificará que no registres cotizaciones de pensión o salud por cualquier empleador el mes anterior al inicio de tu nuevo contrato.
¿Cómo postular al IFE Laboral?
Para postular al IFE Laboral, debes hacer lo siguiente:
- Ingresa al sitio web oficial del IFE Laboral
- Haz clic en la pestaña postular
- Inicia sesión con tu RUT y Clave Única
- Dale clic a postular
- Completa el formulario con tus datos personales
- Adjunta tu contrato de trabajo y agrega los antecedentes de pago bancarios.
El plazo para la postulación al IFE Laboral en agosto vence este miércoles 31. Quienes resulten seleccionados obtendrán este subsidio durante los meses de octubre, noviembre y diciembre.
¿Cuántas veces puedo postular al IFE Laboral?
Las autoridades aclararon que solo se puede postular al IFE Laboral hasta en una ocasión. La única excepción posible es que la persona haya quedado sin trabajo y encuentre una nueva fuente laboral.