Nos pone a nivel de áfrica. Especialistas indican que la resolución a favor de tratante de personas desconoce la realidad de Madre de Dios. Advierten que la Sala Villa Stein pudo anular el fallo como en el caso Chacón.,La trata de personas es considerada por las Naciones Unidas el tercer negocio ilícito más fructífero del mundo, solo superado por el tráfico de drogas y de armas. La ONU estima que genera ganancias que van de los 32 mil a los 36 mil millones de dólares anuales. PUEDES VER: Gustavo Faverón enfrentará denuncias de acoso en el PJ En su informe sobre trata de personas del 2015, el secretario del Departamento de Estado de los EEUU, John Kerry, señaló que la trata es un insulto a la dignidad humana y un ataque a la libertad, peor aún cuando las víctimas son menores de edad. El Departamento de Estado emite cada año una calificación sobre los países que luchan contra la trata de personas. El Perú viene luchando para mantenerse en el nivel 2, de los países que hacen esfuerzos contra este delito, pero la sentencia de la Sala Suprema nos puede bajar al nivel 3, donde están países de Medio Oriente o África, que no hacen nada, advirtieron en la fiscalía. En la última semana, el tema ha llamado la atención por una sentencia de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, que preside el juez Javier Villa Stein, que absuelve a la presunta tratante de una niña de 15 años de edad. La sentencia generó críticas de ONGs, abogados especializados, la fiscalía, el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y diversos medios de comunicación, incluida La República. Frente a estas críticas, el tribunal, compuesto por cinco jueces supremos, ha respondido que ellos solo confirmaron una sentencia dictada por un tribunal de Madre de Dios, que preside la jueza superior Lourdes Raquel Loayza Torreblanca. En su desesperada defensa, el tribunal que preside el doctor Villa Stein reveló en el comunicado la identidad de la víctima, un error que no cometeremos aquí. Hoy, la joven tiene 24 años y al no encontrar justicia, regresó a los campamentos mineros de Madre de Dios. Para aclarar este delicado asunto legal, buscamos a la fiscal especializada Miluska Romero, al ex procurador Ronald Gamarra, al catedrático e investigador de la Pontificia Universidad Católica Iván Montoya y la investigadora de la ONG Terre des Hommes (Tierra de Hombres de Suiza) Carmen Barrantes para analizar la resolución de la Sala Suprema. Además de la sentencia, se ha utilizado el comunicado de la Sala Penal Suprema y la declaración de la víctima. A continuación lo que dicen los especialistas, al analizar la sentencia. Anulación La Sala Penal Suprema ha dicho que no podía condenar a un procesado absuelto por una sala superior. Nadie le ha pedido eso. Sí podía anular la sentencia como hizo, por ejemplo, en el caso de la condena a la congresista Cecilia Chacón y tantos otros. Declaración de víctima no es prueba de descargo El tribunal supremo, a partir de los mismos hechos probados, también concluye que a la adolescente no le dijeron al trasladarla que la someterían a explotación sexual, que la administradora del bar solo una vez le pidió tener sexo con los clientes y que ella consintió los hechos, por lo que no hay explotación sexual. “La Sala del doctor Villa Stein desconoce la realidad de Madre de Dios. Es evidente que la captaron para ser dama de compañía. No valora el contexto de vulnerabilidad en que se encontraba la menor, ni la situación que se da en los campamentos mineros”, anota Ronald Gamarra. Carmen Barrantes subraya que a las chicas que trabajan en los prostibares de Madre de Dios les ofrecen trabajar como azafatas, meseras o cajeras y que ya en el lugar recién les dicen que serán damas de compañía, que tienen que beber y hacer “pases”. La fiscal Miluska Romero señala que en un caso de trata de personas está prohibido utilizar la declaración de una víctima por su estado de vulnerabilidad, de no ser consciente de la explotación. “En el delito de trata no se protege la libertad, como cree la Corte Suprema, lo que está en riesgo es la dignidad de la adolescente”. Por último, Ronald Gamarra precisa que el comunicado intentó desviar la atención, pues nunca se ha pedido que la Sala Suprema condene a la supuesta tratante. “El tribunal pudo anular la sentencia como ha hecho en otros casos”, recuerda. Blanco de ataques La periodista y conductora del programa “Al estilo Juliana” de RPP, Juliana Oxenford, fue objeto ayer de ataques en la redes sociales por criticar la sentencia de la Sala Penal Suprema. “Villa Stein me insulta por criticar su fallo, yo respondo y en segundos varios #fujitrolls aparecen y me insultan también. ¿No es raro?”, escribió la periodista en su cuenta de Twitter.