Expresidente del Tribunal Constitucional. , En la siguiente entrevista, el ex presidente del Tribunal Constitucional explica por qué, desde su punto de vista, el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) estaría restringiendo el derecho de participación política de los miembros de Todos Por el Perú. "Se debieron haber privilegiado aspectos de fondo sobre los formales", señaló Landa. PUEDES VER: Julio Guzmán: Difunden denuncia por presunto soborno contra magistrado del JNE Usted ha dicho que el JNE debió privilegiar el fondo sobre la forma en su resolución sobre el caso de Julio Guzmán. En efecto, porque el JNE es un organismo de cierre del sistema de justicia electoral, de modo que debe impartir justicia no solo con la ley sino con la Constitución. La Corte Interamericana ya ha dictado jurisprudencia en el sentido de que no se puede restringir el derecho de participación política. ¿Qué significa privilegiar fondo sobre forma, exactamente? Que cuando los jueces resuelven, en caso de duda deberían privilegiar los aspectos sustantivos por sobre los formales. Los aspectos formales son importantes. Por supuesto que son importantes, siempre y cuando sean afines a lo que se debe cuidar, que es el derecho a la participación política. Y en este caso estamos hablando de un grupo de ciudadanos que forman parte de un partido inscrito, que tiene una plancha presidencial, candidatos al Congreso. Limitar el derecho de esta agrupación a modificar su estatuto no es conforme con lo que la Constitución garantiza. Los requisitos están para cumplirse, ¿no es verdad? Claro, hay que cumplir requisitos. Pero hay requisitos de forma y de fondo. Un requisito de fondo puede ser que el candidato presidencial sea peruano de nacimiento, que tenga más de 35 años. O en el caso de los partidos, que estos defiendan al sistema democrático, a los derechos humanos. Por eso en su momento el Registro de Organizaciones Políticas declaró inadmisible la inscripción del Movadef, por su vocación y filiación a las ideas del “presidente Gonzalo”, que no son otra cosa que las ideas de Sendero Luminoso y de la violencia. A pesar de que el Movadef cumplía los requisitos de forma. En efecto, a pesar de que el Movadef cumplía con los requisitos de forma. Es decir, no se puede hacer uso de criterios estrictamente formales al momento de hacer respetar la ley electoral. Si hubiese habido una decisión unánime, contundente, en fin. Pero al final fue una decisión bastante dividida, de tres votos contra dos, lo que significa que nunca hubo unanimidad en la interpretación. Y hay que tener en cuenta, además, que el presidente del JNE, que votó en minoría, ha sido presidente del Poder Judicial. Entiendo su punto, pero el argumento contrario también tiene sentido: ¿para qué son las reglas, sino para que sean cumplidas y respetadas? La ley está hecha para cumplirse, cualquier tipo de ley. Sin embargo, cuando se restringe un derecho, tiene que haber racionalidad y proporcionalidad. El voto en mayoría no ha incorporado esto, tiene una motivación deficiente. ¿A qué se refiere con racionalidad y proporcionalidad? Los derechos no son absolutos, pero al mismo tiempo la ley debe ser interpretada, porque los jueces también razonan. El juez cuando razona valora hechos, circunstancias. Y es por eso que no siempre se aplica la medida más severa. ¿Se está aplicando en este caso la medida más severa? De alguna manera sí, la medida más extrema, sin reconocer la validez de la asamblea rectificatoria de enero. Entonces, el JNE ha actuado con un criterio más cancerbero. Yo entendería esa actitud si habláramos de un partido dividido... ¿En el que un sector estuviese siendo aislado y perjudicado en el ejercicio de sus derechos políticos? En buena hora si se hace un examen estricto de la situación en un caso así. También comprendería la actitud del JNE si habláramos de ilegalidades como financiamientos de fuentes ilícitas. Pero hay aspectos internos del funcionamiento de los partidos que no son esenciales. El criterio ha sido excesivamente punitivo. Cuando se va a afectar un derecho, hay que ser muy escrupuloso. Guzmán ha adelantado que de ser necesario, acudirá al Tribunal Constitucional. Ojo, que queda un tiempo pero no mucho. El TC es una instancia última y hay un proceso por seguir antes. Si llegara hasta el TC, en ningún caso esto se resolvería antes del 10 de abril. En ningún caso, de modo que esto está en las manos del JNE.