Sistema. Si el jubilado retiró el 95,5% de sus fondos de AFP y en caso fallezca, sus derechohabientes no tendrá derecho de atención en el seguro social.,Todos aquellos afiliados a las AFP, que al llegar a los 65 años y haber optado por retirar el 95,5% de sus fondos, deben tener en cuenta que en caso fallezcan, sus derechohabientes no tendrán atención en EsSalud. PUEDES VER: ¿Cuáles son los nuevos rangos del Bono del Buen Pagador? Así lo alertó Giovanna Prialé, presidenta de la Asociación de AFP, quien mostró su preocupación luego de que la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) emitió una resolución (5785-2016) en la cual señala en el artículo 5 que “en caso disponga el retiro del 95,5% del saldo de su Cuenta Individual de Capitalización (CIC), sus potenciales beneficiarios de pensión, es decir, cónyuge o concubino, hijos menores de 18 años de edad, hijos mayores de 18 años inválidos o padres en condición de dependencia económica o en condición de invalidez, a su fallecimiento, no tendrían derecho a la cobertura por las prestaciones de salud que brinda EsSalud”. “Es un tema delicado porque no creo que el espíritu del legislador con esa norma haya sido perjudicar al afiliado, sino que le ha dado una alternativa de administrar su fondo. Hemos coordinado con la SBS para que se reconsidere esta postura y se incluya a los derechohabientes en caso el titular fallezca, pero hasta la fecha no hemos logrado ello. También nos reunimos con el presidente de EsSalud y ha quedado en revisar el tema”, señaló. Prialé reiteró la invocación para que EsSalud reconsidere el tema. Al respecto, el ex congresista Jaime Delgado señaló que tanto la SBS como EsSalud están haciendo una interpretación restrictiva de la ley que permite el retiro del 95,5% ya que, cuando EsSalud recibe el 4,5% de fondo del afiliado, está recibiendo por adelantado todos sus aportes. Decisión de revertir esta medida depende de EsSalud Hace unas semanas, el congresista Yonhy Lescano envió una carta a la SBS exigiendo el sustento de la medida. A través de una carta, la Superintendencia respondió que le ha solicitado a EsSalud que reevalúe su pronunciamiento para proveer un adecuado marco de protección en materia de salud a este grupo de beneficiarios bajo los alcances de la precitada ley. “Es importante aclarar que la mención a la situación de los derechohabientes en la resolución de la SBS no responde a ninguna interpretación hecha por el organismo, sino por la posición de EsSalud”, dice la carta.