
En Perú, existe un grupo de ciudadanos que puede solicitar la exoneración del impuesto predial, una iniciativa diseñada para reducir la carga financiera de este sector. Para beneficiarse de esta medida, es fundamental cumplir con otros requisitos específicos, entre los que se incluye ser propietario de un único inmueble destinado a la vivienda y cuyo valor no debe exceder un límite monetario.
El impuesto predial representa un tributo anual que todos los propietarios de bienes inmuebles deben cumplir en el país. No obstante, la legislación actual establece una exoneración particular para una parte de la población, porque considera que presenta un mayor grado de vulnerabilidad económica.
Los adultos mayores de 60 años pueden beneficiarse de la exoneración del impuesto predial, según lo indicado por el abogado tributarista Miguel Carrillo. Sin embargo, este beneficio está sujeto a cumplir con ciertos requisitos establecidos en la normativa actual. Una de las condiciones más relevantes es que el valor del autoavalúo del inmueble no debe superar las 50 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), lo que equivale a S/267.500 en el año 2025.
Los solicitantes que cumplan con ciertos criterios pueden ser exonerados del impuesto predial. Para acceder a este beneficio, es necesario que la propiedad esté ubicada dentro de un límite específico. Además, los ingresos brutos mensuales del adulto mayor no deben exceder 1 UIT, lo que equivale a S/5.350.
Otro aspecto clave es que el interesado debe ser propietario de un solo inmueble, el cual debe estar registrado a su nombre o al de la sociedad conyugal, y tiene que ser utilizado como su vivienda principal. El uso parcial de este inmueble para actividades productivas, comerciales o profesionales está permitido, siempre que se obtenga la autorización necesaria por parte de la municipalida
Los adultos mayores que deseen obtener la exoneración del impuesto predial deben acudir a la municipalidad del distrito donde se encuentra su hogar. Para llevar a cabo este trámite, es necesario presentar una serie de documentos, entre los que se incluyen el Documento Nacional de Identidad (DNI) del solicitante o de su representante legal, así como la última boleta de pago o cualquier comprobante que valide los ingresos personales o de la sociedad conyugal.
Cada municipalidad dispone de un formulario de solicitud particular que el interesado debe solicitar y llenar. En este contexto, es esencial acreditar la propiedad del inmueble, dado que este requisito resulta determinante para que el proceso se realice de manera adecuada.
El incumplimiento en el pago del impuesto predial puede acarrear serias consecuencias legales, ya que la municipalidad está autorizada para iniciar un proceso que podría resultar en el embargo de la propiedad. Aunque la confiscación no es inmediata, la falta de atención a los requerimientos de pago y a las notificaciones correspondientes puede dar lugar a un procedimiento administrativo. Este proceso podría finalizar con la emisión de una ordenanza coactiva, lo que complicaría aún más la situación del propietario.
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En Perú, el impuesto predial constituye un tributo municipal que deben abonar anualmente los propietarios de inmuebles, que incluyen terrenos, casas, edificios y otras propiedades, tanto en áreas urbanas como rurales. La municipalidad correspondiente es la encargada de calcular este impuesto, el cual se basa en el valor del inmueble. Este valor se determina que consideran diversos factores, tales como la ubicación, el uso, la antigüedad y las características físicas de la propiedad.
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