
El pasado 30 de noviembre se publicó oficialmente el nuevo Reglamento de la Ley de Protección de Datos Personales (LPDP), una actualización largamente esperada tras más de una década de vigencia del reglamento anterior. Entre los cambios más significativos, se incluyen nuevas obligaciones para los responsables del tratamiento de datos personales, el reconocimiento del derecho de portabilidad de datos y una regulación específica para la protección de los datos de niños, niñas y adolescentes.
Uno de los aspectos más relevantes del nuevo reglamento es su impacto en las llamadas publicitarias no autorizadas, también conocidas como ‘spam’.
“En todos los casos, el titular de los datos personales tiene el derecho de negarse, revocar u oponerse al tratamiento de sus datos para fines de publicidad y prospección comercial”, explicó Hebert Tassano, Director de la Maestría en Derecho de la Competencia, el Consumo y la Propiedad Intelectual en la UPC, a La República.
Para ello, el responsable del tratamiento debe ofrecer un medio sencillo y gratuito para gestionar dicha solicitud, la cual debe ser atendida en un plazo máximo de diez (10) días.
“Con una economía cada vez más globalizada, los acuerdos y alianzas estratégicas entre empresas (emisoras y receptores de datos personales) exigen la adopción de estándares mínimos en materia de protección de datos, a fin de garantizar la seguridad e integridad de la información”, agregó Bruno Mejía, senior manager en EY Law, a este diario.
A continuación, las precisiones más importantes de acuerdo con ambos expertos.
El nuevo reglamento introduce cuatro nuevas obligaciones clave para las empresas:
Asimismo, se recomienda adoptar dos buenas prácticas:
El reglamento establece que una empresa solo podrá realizar una única llamada para solicitar el consentimiento del titular de los datos, bajo condiciones específicas:
Un aspecto novedoso es la introducción del “primer contacto”, que permite a las empresas comunicarse con los ciudadanos una única vez para obtener su consentimiento. Si el usuario no lo otorga, la empresa no podrá volver a contactarlo ni recopilar sus datos personales.
Para garantizar el cumplimiento de estas disposiciones, el reglamento prevé multas significativas. En el caso de las llamadas ‘spam’, consideradas infracciones graves, las sanciones pueden oscilar entre cinco y cincuenta unidades impositivas tributarias (UIT), dependiendo de la magnitud de la falta. Específicamente:
Además, se establecen incentivos para el cumplimiento de la normativa. Las empresas que realicen una Evaluación de Impacto en la Privacidad (PIA) o implementen un Código de Conducta podrán recibir atenuantes en caso de sanciones.
La Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales (ANPDP) será la entidad encargada de fiscalizar el cumplimiento del reglamento. Su eficacia dependerá de los recursos institucionales y la participación ciudadana en la denuncia de infracciones.
Los ciudadanos podrán denunciar a través de la web institucional de la ANPDP, que establece un procedimiento de tres etapas:
El impacto de esta normativa dependerá de la correcta implementación por parte de las empresas y la supervisión efectiva de la ANPDP. Si bien se espera una reducción en las llamadas ‘spam’, es posible que algunos vacíos legales permitan la continuidad de ciertas prácticas abusivas, especialmente mediante el uso de inteligencia artificial y bots.
Las empresas, en particular los call centers, podrían enfrentar resistencia inicial a la adaptación de sus estrategias de ventas. Sin embargo, capacitaciones y talleres podrían facilitar la transición hacia un modelo de contacto más respetuoso con los derechos de los consumidores.
A nivel regional, Perú sigue una tendencia similar a la de otros países en protección de datos. Por ejemplo:
Para fortalecer la protección de los consumidores, se recomienda:
Según los expertos, esta normativa representa un avance significativo en la privacidad de los ciudadanos, pero se espera que en el futuro se refuerce aún más, adoptando principios como la privacidad desde el diseño y el derecho al olvido.
“La efectividad de la normativa dependerá de la vigilancia de la ANPDP, el compromiso de las empresas y la participación activa de los ciudadanos en el ejercicio de sus derechos”, finalizó Bruno Mejía.

CINEPLANET: 2 entradas 2D + 2 bebidas grandes + Pop corn gigante. Lunes a Domingo
PRECIO
S/ 47.90
ALMUERZO O CENA BUFFET + Postre + 1 Ice tea de Hierba luisa en sus 4 LOCALES
PRECIO
S/ 85.90
CINEMARK: Entrada 2D - opción a combo (Validación ONLINE o mostrando tu celular)
PRECIO
S/ 10.90
PERULANDIA: 1 Entrada +Vale de 30 soles + bosque encantado + piscinas + Perusaurus en Huachipa
PRECIO
S/ 49.90