
En Perú, el Seguro Social de Salud (EsSalud) se configura como una opción valiosa para miles de afiliados que desean asegurar atención médica para sus seres queridos. Este servicio no se limita únicamente a cónyuges e hijos menores, sino que también abarca a los hijos mayores de 18 años, siempre que se cumplan ciertas condiciones establecidas.
EsSalud, con su extensa red de hospitales y centros de atención, se posiciona como un pilar fundamental del sistema de salud en el Perú. De cara a 2025, la institución planea expandir sus servicios a diferentes grupos familiares, lo que implementa un requisito esencial que permitirá a los hijos mayores beneficiarse de su cobertura.
Para que un hijo mayor de 18 años sea incluido en el seguro de EsSalud, es necesario que presente una incapacidad total y permanente que le impida realizar cualquier actividad laboral. Esta situación debe ser validada oficialmente por la institución, la cual tiene como objetivo ofrecer un respaldo adecuado y prioritario a las familias que se encuentran en condiciones de vulnerabilidad.
Una vez que se certifique la discapacidad, el hijo mayor tendrá derecho a una cobertura integral que abarca consultas médicas, tratamientos especializados y programas de rehabilitación. Este beneficio tiene como objetivo asegurar su bienestar y elevar su calidad de vida, independientemente de su capacidad para generar ingresos.
El proceso de registro de derechohabientes o familiares en EsSalud se puede llevar a cabo de dos formas: mediante la entidad empleadora del asegurado o a través de la plataforma VIVA. Ambas alternativas garantizan la inscripción de familiares de manera segura y eficiente.
EsSalud implementó la opción de incluir a convivientes en sus pólizas de seguro, siempre que se cuente con un reconocimiento formal de la relación. De acuerdo con la normativa vigente, el Acta de Reconocimiento de Unión de Hecho se considera el documento clave para certificar esta situación.
La emisión de esta acta requiere una resolución judicial o una escritura pública, lo que valida la convivencia como estable y legítima según la normativa peruana. Además, es esencial presentar el Formulario Único de Seguros N.º 1010, el cual debe ser debidamente completado y firmado para cumplir con los requisitos establecidos.
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