El Fondo Nacional de Vivienda (Fonavi) sigue avanzando con los pagos de devoluciones correspondientes a sus exaportantes. En este último tramo del año, la Comisión Ad Hoc busca definir cuál de los dos procesos pendientes, el Reintegro 3 o la Lista 21, se concretará en diciembre, generando expectativa entre los beneficiarios.
Ambos procesos tienen como objetivo devolver aportes acumulados y beneficiar a miles de personas en todo el país. Sin embargo, cada uno cuenta con criterios específicos para definir a los beneficiarios, lo que ha generado un interés masivo en conocer cuál será priorizado antes de finalizar el 2024.
El presidente del Fenaf Perú ha confirmado que será la Lista 21 el proceso que se priorizará para diciembre de 2024. Esta lista incluirá a aproximadamente 80.000 beneficiarios, con un enfoque especial en exaportantes que accedieron a programas de vivienda, agua o desagüe financiados por el Fonavi.
Por otro lado, el Reintegro 3, que beneficiará a más de 200.000 exaportantes y familiares de fonavistas fallecidos, está programado para ejecutarse en el primer trimestre del 2025. Este reintegro tiene como objetivo cubrir aportes pendientes y priorizar a personas mayores de 70 años, según las disposiciones de la Secretaría Técnica.
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La Lista 21 del Fonavi está diseñada para incluir a exaportantes que accedieron a proyectos específicos financiados por el Fonavi. Esto incluye a personas que participaron en programas de vivienda, mejoras de infraestructura básica y conexiones de agua y desagüe. También se contempla la inclusión de herederos de fonavistas fallecidos que hayan presentado la documentación requerida.
Aunque no hay una restricción de edad para los beneficiarios, la Comisión Ad Hoc prioriza casos de adultos mayores y exaportantes en situación de vulnerabilidad. Este criterio busca garantizar que los fondos lleguen primero a quienes más lo necesitan.
El procedimiento para cobrar la devolución en el Banco de la Nación es sencillo y está diseñado para evitar complicaciones. Sigue estos pasos:
En caso de herederos, será necesario presentar documentos adicionales como la partida de defunción del exaportante y un acta que acredite el vínculo familiar. Esto asegura que el monto sea entregado de forma legítima