El segundo pago de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) correspondiente al año 2024 estará disponible para los trabajadores. Esta compensación actúa como un respaldo económico importante para aquellos que desean gestionar sus gastos, ahorrar o realizar inversiones estratégicas.
Para retirar la CTS, los trabajadores deberán seguir unos simples pasos. Las entidades financieras ofrecen diversas alternativas para acceder a estos fondos, como la banca móvil, la banca por internet, entre otros. Además, los beneficiarios pueden transferir el monto a otras cuentas para facilitar su acceso o ahorro, lo que adapta el uso de la CTS a sus necesidades personales.
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Los trabajadores podrán retirar el segundo pago de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) del 2024 hasta el 31 de diciembre de 2024. Este beneficio, que actúa como un fondo de respaldo, se convierte en una herramienta clave para quienes deseen cubrir gastos, ahorrar o realizar inversiones estratégicas durante el cierre del año.
En un entorno económico donde la gestión adecuada de los ingresos es fundamental, es importante que los trabajadores comprendan el proceso para acceder a estos fondos y las diferentes alternativas para utilizarlos de manera eficiente.
Para retirar la CTS, los trabajadores deberán comunicarse con la entidad bancaria o financiera en la que se haya realizado el depósito. En general, las entidades financieras ofrecen varias opciones para acceder a estos fondos, tales como:
Asimismo, es común que los beneficiarios transfieran los montos a otras cuentas para facilitar su disposición o ahorro.
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Existen algunas excepciones para quienes no tienen derecho a este beneficio. Quedan excluidos los trabajadores con una jornada laboral inferior a cuatro horas diarias, así como aquellos que reciben una remuneración anual integral o un porcentaje igual o superior al 30% de lo que percibe el público.
También se encuentran fuera del beneficio los empleados del régimen agrario que han optado por recibir la CTS junto con su salario, conforme a la Ley 30110 y el DS 005-2021 del Ministerio de Agricultura (Midagri). Finalmente, los trabajadores de microempresas registradas en el Remype después de su inscripción tampoco tienen derecho a este pago.
La Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) es un beneficio laboral creado para proporcionar seguridad económica a los trabajadores en planilla en caso de terminación del vínculo laboral. Este fondo de ahorro es una obligación del empleador, quien realiza el aporte correspondiente.
Para el cálculo de la CTS se consideran, entre otros, los días de vacaciones, los descansos por accidentes de trabajo o enfermedades, así como los días de huelga, siempre que la misma sea legalmente declarada.